Independientes que no aporten al sistema de pensiones no serían sancionados, según experta en temas tributarios
¤ 01/8/2014 ¤ larepublica.pe ¤ 0 comentarios
Si bien a partir de hoy los trabajadores independientes tienen la obligación de aportar al sistema de pensiones, de no hacerlo no tendrían ninguna sanción como la tienen las empresas. La ex superintendente adjunta de AFP, Lorena Masías, aclaró que ni la SBS ni la Sunat tienen procedimientos sancionadores a personas naturales en temas previsionales.
Masías explicó que existen dos formas de aportes de los independientes. Si los recibe de una empresa, esta funciona como agente de retención y está obligada a ealizar el aporte de su trabajador, pues de no hacerlo sería sancionada por la SBS.
La segunda forma es cuando el ingreso de los independientes proviene de un consumidor final. En este caso el aporte es responsabilidad del propio independiente. Deberá hacer todo trámite en AFP.net. Aun así, de no hacerlo no será sancionado.
Asimismo, Masías reveló que no se conoce el esquema de sanciones a personas naturales como médicos, gasfiteros, etc., por emitir recibos. Por ello recomienda ser más claros con estos casos. Explicó que el Sistema Privado de Pensiones no tiene derecho para sancionar, tampoco la Sunat, pues su función se limita al tema de tributo y recaudación del aporte a la ONEP.
La ex funcionaria recomendó que para alentar el aporte se podría pensar en un incentivo de corto plazo a los trabajadores independientes, el cual sería en el tema tributario.
"La forma sería que el aporte que se haga (2.5% para la AFP y 5% para a ONP en el primer año) esté exento del impuesto a la renta, y solo se tribute por lo que no se aportó", comentó en referencia a lo que sucede en Estados Unidos o Europa, donde dan un beneficio tributario.
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Masías explicó que existen dos formas de aportes de los independientes. Si los recibe de una empresa, esta funciona como agente de retención y está obligada a ealizar el aporte de su trabajador, pues de no hacerlo sería sancionada por la SBS.
La segunda forma es cuando el ingreso de los independientes proviene de un consumidor final. En este caso el aporte es responsabilidad del propio independiente. Deberá hacer todo trámite en AFP.net. Aun así, de no hacerlo no será sancionado.
Asimismo, Masías reveló que no se conoce el esquema de sanciones a personas naturales como médicos, gasfiteros, etc., por emitir recibos. Por ello recomienda ser más claros con estos casos. Explicó que el Sistema Privado de Pensiones no tiene derecho para sancionar, tampoco la Sunat, pues su función se limita al tema de tributo y recaudación del aporte a la ONEP.
La ex funcionaria recomendó que para alentar el aporte se podría pensar en un incentivo de corto plazo a los trabajadores independientes, el cual sería en el tema tributario.
"La forma sería que el aporte que se haga (2.5% para la AFP y 5% para a ONP en el primer año) esté exento del impuesto a la renta, y solo se tribute por lo que no se aportó", comentó en referencia a lo que sucede en Estados Unidos o Europa, donde dan un beneficio tributario.
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