R. M. Nº 430-2014-MINEDU - Modifican los Anexos 2 y 3 de la R.M. Nº 423-2014-MINEDU y aprueban la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso en el marco del Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, convocado mediante R.M. Nº 426-2014-MINEDU - www.minedu.gob.pe
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Modifican los Anexos 2 y 3 de la R.M. Nº 423-2014-MINEDU y aprueban la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso en el marco del Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, convocado mediante R.M. Nº 426-2014-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2014-MINEDU
Lima, 12 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 204-2014-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial", la cual contiene las disposiciones para la organización, implementación y ejecución de la evaluación excepcional de los profesores que venían ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa o de gestión privada por convenio, de Educación Básica o Técnico Productiva; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicha evaluación; habiéndose convocado a la referida evaluación mediante Resolución Ministerial Nº 214-2014-MINEDU;
Que, con Resolución Ministerial Nº 423-2014-MINEDU de fecha 08 de setiembre de 2014, se declaró vacantes las plazas ocupadas por los profesores que no aprobaron el procedimiento excepcional de evaluación, las de aquellos que fueron retirados del procedimiento de evaluación y las plazas de los profesores que no se presentaron a la citada evaluación, las cuales como Anexo 2 forman parte integrante de dicha resolución; y, asimismo, se suspendió el procedimiento de evaluación excepcional respecto de los profesores y plazas indicados en el Anexo 3 de la Resolución Ministerial en mención, mientras cuenten con medida cautelar vigente;
Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 341-2014-JECCH/S.AEXP. Nº 346-2014-22, el Juzgado Especializado Civil de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica solicita al Ministro de Educación el cumplimiento de la Resolución Nº 01, a través de la cual concede medida cautelar a favor de don Mario Alberto Díaz Napa y, en consecuencia, dispone la inaplicación al referido señor de las Resoluciones Ministeriales Nº 204-2014-MINEDU y Nº 214-2014-MINEDU, con relación a la plaza que actualmente ocupa;
Que, de otro lado, mediante Resolución de Secretaría General Nº 1551-2014-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014", la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicho concurso;
Que, el numeral 5.2.1 de la mencionada Norma Técnica, establece que las plazas en concurso corresponden a cargos directivos de instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva que se encuentran vacantes; asimismo, se incluyen aquellas plazas declaradas vacantes en el procedimiento excepcional de evaluación previsto en la Décimo Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. Además indica que todas las plazas en concurso cuentan con financiamiento y código de plaza generado en el Sistema de Administración y Control NEXUS;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 de la Norma Técnica precitada, el Ministerio de Educación aprueba la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso dentro del plazo establecido en el cronograma, indicando las modalidades (Educación Básica Regular, Educación Básica Especial y Educación Básica Alternativa) y forma educativa (Educación Técnico Productiva). En el caso de Educación Básica Regular, se indicará el nivel (inicial, primaria o secundaria), asimismo en el caso de Educación Básica Alternativa se indicará si es Inicial/Intermedio o Avanzado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2014-MINEDU, de fecha 10 de setiembre de 2014, se convoca al concurso público de acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas 2014, el cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 1551-2014-MINEDU;
Que, mediante Oficio Nº 5987-2014-MINEDU/SGOGA-UPER, la Unidad de Personal del Ministerio de Educación remite la relación consolidada de plazas directivas de instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva que, a la fecha, se encuentran vacantes y cuentan con financiamiento y código de plaza generado en el Sistema de Administración y Control NEXUS;
Que, a través del Oficio Nº 381-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe Nº 300-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual señala que en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Especializado Civil de Chincha de la Corte Superior de Justicia de Ica, corresponde modificar el Anexo 2 de la Resolución Ministerial Nº 423-2014-MINEDU, a efectos de excluir la plaza directiva del profesor MARIO ALBERTO DIAZ NAPA de la relación de plazas vacantes declaradas en el marco del procedimiento excepcional de evaluación previsto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, e incluir la misma en el Anexo 3 de la precitada Resolución Ministerial, el cual contiene la relación de plazas con medida cautelar. Asimismo, señala que corresponde aprobar la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso en el marco del Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y su modificatoria, que aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución Ministerial Nº 204-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial"; y la Resolución de Secretaría General Nº 1551-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para el Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los Anexos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 423-2014-MINEDU, que contienen la relación de plazas vacantes declaradas en el marco del procedimiento excepcional de evaluación previsto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, y la relación de plazas con medida cautelar, respectivamente, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobar la relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso en el marco del Concurso Público de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas 2014, convocado mediante Resolución Ministerial Nº 426-2014-MINEDU, la misma que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
• DESCARGAR ANEXOS: 1 - 2 (.PDF)
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[El Peruano: 13/09/2014]
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damian
12:53 | 19-01-2015 | IP: 190.113.208.243QUEREMOS SABER, EXACTAMENTE QUE PLAZAS DE DIRECCIÓN Y SUBDIRECCIÓN ESTAN LIBRES DE MEDIDA CAUTELAR, PORQUE EN MI UGEL AL PARECER YA NO QUEDAN, SINO SOLO UNAS CUANTAS PLAZAS Y NO SABEMOS CUALES.
LUZ FRANCO
17:09 | 20-09-2014 | IP: 190.113.215.134Señores encargados de la evaluación del concurso publico de acceso a cargos de Director y Subdirectores
bien claro dice en la RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 1551-2014 DE FECHA 09 DE SETIEMBRE EN EL NUMERAL DE NORMAS 5.2.3 NO ES OBJETO DE CONCURSO LAS PLAZAS DE LAS Instituciones Educativas Unidocentes, Militarizadas y fiscalizadas, y ¿porque publicaron en la región de Puno como polidocentes urbanos? ¿Quien informo? POR FAVOR SE DEBE RECTIFICAR
LUZ FRANCO ARTEAGA
17:02 | 20-09-2014 | IP: 190.113.215.134Señores encargados de la evaluación del concurso publico de acceso a cargos de Director y Subdirectores
bien claro dice en la RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 1551-2014 DE FECHA 09 DE SETIEMBRE EN EL NUMERAL DE NORMAS 5.2.3 NO ES OBJETO DE CONCURSO LAS PLAZAS DE LAS Instituciones Educativas Unidocentes, Militarizadas y fiscalizadas, y ¿porque publicaron en la region de Puno como polidocentes urbanos? ¿Quien informo? POR FAVOR SE DEBE RECTIFICAR
MIGUEL ZEGARRA
23:50 | 19-09-2014 | IP: 181.65.73.146señor ministro cumpla con la ley 29444 el D.S. No.004-2013-ED. no contempla evaluación excepcional llegaremos a los tribunales nacionales e internacionales están fuera del orden de la jurisprudencia educativa por lo tanto la victoria es nuestra señor MINISTRO DE EDUCACIÓN habrá jueces probos nos darán la razón
RITA ALCANTARA
22:21 | 18-09-2014 | IP: 190.234.32.134SEÑORES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN ESTÁN TAN EQUIVOCADOS QUE NI SIQUIERAN SABEN QUE CLASE DE I.E SON.
MI I.E ES MULTIGRADO. SOY DIRECTORA CON AULA A CARGO DESDE EL AÑO 1989. LA I.E ADA ALEGRIA DE BAZAON ES UNIDOCENTE. Y NO EXISTE NINGUN JARDIN JARDIN 102 LA ENCALADA.
SINDEP
08:30 | 18-09-2014 | IP: 190.237.57.170NO SE OLVIDEN QUE LAS PLAZAS ESTAN JUDICIALIZADAS Y SE ESPERA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA.
SINDEP
08:01 | 18-09-2014 | IP: 190.237.57.170NO SE OLVIDEN QUE LAS PLAZAS ESTAN JUDICIALIZADAS Y SE ESPERA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA.
Víctor Rojas Rivera
19:10 | 15-09-2014 | IP: 190.237.248.113Las plazas con medida cautelar, ¿también están en la relación de plazas vacantes que han publicado?
Hugo
17:59 | 15-09-2014 | IP: 190.238.153.168El problema es la obsecion del MINEDU de querer adelantar la evaluacion a los directivos titulares, solo debe esperar a noviembre 2015 y como se cumplieron los 3 años a esa fecha no habran recursos de amparo, mejor convoca a concurso las plazas de directivos que estan vacantes y nadie se opondrá y estaremos participando para acceder al cargo de director o subdirector.
Julio César Machado Huaya
11:15 | 15-09-2014 | IP: 201.230.147.72Como se nota la impaciencia de aquellos que quieren poder, sus apreciaciones muestran que su afán no es el cargo, por que estoy seguro que no sabrán responder a las expectativas cuando se le requiere, sino, saldrán como ahora, pura brabuconada sin capacidad alguna. A reflexionar y a medfitar, señores Maestros, si es que así se consideran.
vanesa tellez
21:01 | 14-09-2014 | IP: 181.64.192.236por favor señores del Minedu la relacion que puebliquen de las plazas vacantes deben considerar el dato de que si estan cauteladas
Roberto
17:45 | 14-09-2014 | IP: 190.40.236.74El actuar del MED es injusto. Directores que reclaman, permanecen en su cargo y, otros que no hicieron pierden su puesto. Qué es eso. Ahora va depender de quien reclama más. Esto es un caos.
LUIS FELIPE
14:37 | 14-09-2014 | IP: 181.66.156.91YO NO SÉ ENTONCES PORQUE EL MINEDU CONVOCA AL CONCURSO PARA CARGOS DIRECTIVOS, PORQUE SI CON UNA SIMPLE MEDIDA CAUTELAR LOS DIRECTORES SEGUIRÁN EN SUS CARGOS, CREO QUE ES UNA INTROMISIÓN INACEPTABLE DE LOS JUECES EN EL SECTOR EDUCACIÓN, LOS DIRECTORES QUIEREN IMPONERLE AL MINEDU COMO LES DEBEN EVALUAR, ES COMO SI UN ESTUDIANTE LE DIJERA A LA UNIVERSIDAD , QUE PREGUNTA LE DEBE DE HACER.
Dolores
09:03 | 14-09-2014 | IP: 181.65.154.162Que se haga una evaluación transparente y justa, pero que no suceda como lo que sucedió en el examen de agosto que dejaron que desarrollen la evaluación en grupo, con ello favoreciendo a los directores apristas.
elisban
07:05 | 14-09-2014 | IP: 190.234.106.38Hasta diciembre estaran modificando, modificando la Resolucion de plazas vacantes para concurso osea los mas tontos daran examen para ser designado por tres años, es algo que debe tomarse con cautela
elisban
06:53 | 14-09-2014 | IP: 190.234.106.38En conclusion todos directores deben presentar accion de amparo y medida cautelar, pues vemos que los Jueces inparciales estan emitiendo resoluciones que estos concursos son inoconstitucionales como prueba tenemos estas modificatorias
manuel
20:21 | 13-09-2014 | IP: 190.237.180.6Tienes un nombre de un gran maestro ,consultor educativo,pero la forma como te expresas de tus colegas te distancian años luz del verdadero Dr. Hugo Díaz,no hables con el hígado ,piensa ,reflexiona,recapacita y exprésate con esa cabeza que Dios te ha dado ,pero no para que hagas daño sinó para que hagas el bien.
manuel
19:41 | 13-09-2014 | IP: 190.237.180.6El director con liderazgo pedagógico,no solo lo demuestra con una buena gestión rutinaria, sinó es necesario someterse a una evaluación con estas características porque creo que los directores somos los encargados de promover buenas prácticas pedagógicas, ofrecer estrategias, procesos, mecanismos, herramientas que desarrollen una cultura de alta expectativas y aprendizajes significativos para la organización.
Hugo Díaz
19:22 | 13-09-2014 | IP: 201.240.28.201los directores nombrados por favores amicales y políticas y no aprobaron el examen excepcional, no deberían tener ninguna oportunidad, ya que son un mal ejemplo para nuestros niños, ¿cómo un docente desaprobado puede ser docente de nuestros niños? deberían ocupar cargos de personal de servicios o irse a otro colegio, pero no deben retornar a su centro de origen, sería una vergüenza y mal ejemplo.
manuel
18:13 | 13-09-2014 | IP: 190.237.180.6El director con liderazgo pedagógico,no solo lo demuestra con una buena gestión rutinaria, sinó es necesario someterse a una evaluación con estas características porque creo que los directores somos los encargados de promover buenas prácticas pedagógicas, ofrecer estrategias, procesos, mecanismos, herramientas que desarrollen una cultura de alta expectativas y aprendizajes significativos para la organización.
ANGEL
16:45 | 13-09-2014 | IP: 181.67.153.82ESTOY DE ACUERDO CON USTED MI ESTIMADO ALVARO, ESO DEBE DE REALIZAR EL MINEDU. REFERENTE AL CONCURSO VAN A SEGUIR SALIENDO MEDIDAS CAUTELARES Y SE VA A LLEGAR A UN COMPLETO CAOS, YA ESTÁN SALIENDO EN CHICLAYO, AREQUIPA, PIURA Y EN OTROS DEPARTAMENTOS.
Moisés Carranza Michuy
16:27 | 13-09-2014 | IP: 190.239.154.93No puede ser justo eso de la evaluación por la misma plaza de permanencia a loa directivos¿La ley es para los más tontos, hay autoridad, acaso el poder judicial manda? si es así debe anularse toda la prueba... es una injusticia que los vivos siguen en sus cargos burlándose de los que hemos perdido nuestra plaza. ¿Dónde queda la evaluación del desempeño laboral? e
Alvaro Segundo Arista Aco
14:42 | 13-09-2014 | IP: 181.176.222.235si el Minedu quiere de verdad buenos directivo, que se nos evalue de acuerdo a los resultados de la gestiòn y no con una prueba de comprensiòn de textos
Nerio M. Chávez Acosta
13:14 | 13-09-2014 | IP: 200.106.11.16por fin la justicia, tarde o temprano llegará, por que en estas evaluaciones hay muchas cosas oscuras, no hay garantía de nada, solo busca beneficios al fisco