¿Por qué se excluye a los maestros de la CPM de las evaluaciones extraordinarias del MINEDU? [Análisis por Luis Francisco Meléndez Ruiz]
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LOS MAESTROS DE LA CPM YA TUVIERON SU OPORTUNIDAD: Duras palabras que quedarán grabadas en la memoria de 25 mil maestros que se incorporaron a la Ley de Carrera Pública Magisterial-29062 (CPM) abriendo el camino a la meritocracia y que ahora son discriminados en proceso de transferencia a nueva Ley de Reforma Magisterial N° 29944.
Esto en respuesta dada por el Ministerio de Educación del Perú ante la pregunta: ¿Por qué se excluye a los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias para poder ascender hasta el sexto nivel?
Estas evaluaciones serán solamente para los maestros que provienen de la Ley del Profesorado (LDP), una en el primer semestre y otra en el segundo semestre del presente año cerrando así el paso a los maestros de la CPM.
En qué consistió exactamente esa oportunidad que ya tuvieron los maestros de la CPM?
Contextualizando:
Elaboremos antes un breve contexto: Luego de la aprobación de la CPM en Julio del año 2007, han sido nombrados 30 mil nuevos maestros e incorporados 25 mil maestros antiguos bajo esta nueva ley de cinco niveles. Los maestros recién nombrados fueron ubicados en el primer nivel y los incorporados fueron distribuidos del segundo al quinto.
En términos generales esa oportunidad se refiere a la decisión que adoptaron los 25 mil maestros de la ley del profesorado para incorporarse a la entonces flamante CPM. Esto a partir del año 2009 en el mes de Setiembre, luego vinieron las incorporaciones de los años 2010 y 2011 y luego, al cambio de gobierno estas incorporaciones e incluso nombramientos se detuvieron para dar paso a una revisión de la CPM a fin de mejorarla según versiones propias de la nueva gestión y que sin embargo concluyo en la elaboración de una nueva ley denominada Ley Reforma Magisterial 29944 (LRM) que derogaba tanto a la aun nueva Ley de Carrera Pública Magisterial 29062 como a la antigua Ley del Profesorado 24029. Esto sucedió en Noviembre del año 2012.
Los maestros que en ese entonces se incorporaron a la Ley 29062 a partir del año 2009 abriendo el paso a un sistema meritocrático y accediendo al llamado del gobierno de ese entonces tuvieron que someterse a un proceso de evaluaciones que consistía en una prueba nacional eliminatoria con nota aprobatoria mínima de 14, evaluación de desempeño dentro de sus colegios, y presentación de expedientes donde se acreditaba su formación en servicio, experiencia laboral y méritos entre otros criterios. Los maestros que postulaban a los niveles 4 y 5 fueron evaluados además en manejo de las TICs y conocimientos de inglés, preparación de una sesión de clase con lápiz y papel sin acceso a material de consulta y al día siguiente el dictado de una clase magistral en un colegio asignado previamente, pero el grado y sección asignados a último minuto. Para el nivel 4 se requería contar con estudios de maestría por lo menos ya concluidos y para el quinto nivel ya con el grado obtenido.
Entonces entre los años 2009 al 2011 los maestros incorporados fueron distribuyéndose entre los 5 niveles de la Ley de Carrera Pública Magisterial 29062. Finalmente, de los 25 mil maestros que lograron incorporarse la gran mayoría quedaron ubicados entre el tercer y cuarto nivel, por no decir casi todos, minoritariamente en el segundo nivel y mucho menos aun en el quinto nivel.
La oportunidad:
Consistió en que los maestros de la Ley del Profesorado que lograban aprobar las evaluaciones de incorporación a la Carrera Púbica Magisterial podían ser ubicados entre los niveles dos y cinco de la nueva ley si reunían los requisitos de tiempo de servicios hasta el tercer nivel y además de esto estudios de maestría concluidos para el cuarto nivel y grado ya obtenido para el quinto nivel. Entonces de acuerdo a estos requisitos un maestro podía ser ubicado en un rango de 4 niveles (del segundo al quinto). Es decir en un ejemplo más extremo podía dar el salto del segundo nivel de la Ley del Profesorado (que también tenía 5 niveles) hasta el quinto nivel de la nueva Ley de Carrera Pública Magisterial 29062.
¿Está justificada la exclusión de los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias para poder ascender hasta el sexto nivel por haberse incorporado a la CPM?
Demostración de que no es así por las siguientes razones:
1. Esta oportunidad que consistía en un proceso de evaluaciones se dio en repetidas ocasiones entre los años 2009 y 2011 y fue abierta para todos. Fueron los maestros ahora provenientes de la CPM quienes se animaron a abrir el camino de la meritocracia y de las evaluaciones dejando atrás derechos considerados irrenunciables por la mayoría, como por ejemplo la estabilidad laboral absoluta.
2. Las dos oportunidades que se les da en exclusiva a los maestros de la LDP representan beneficios mucho mayores a los que tuvieron en su momento los maestros de la CPM. Debido a esto la mayoría de maestros de la CPM quedarán ubicados solamente entre el tercero, cuarto y quinto nivel mientras que miles de maestros de la LDP serán reubicados luego de las dos evaluaciones extraordinarias entre el cuarto, quinto y sexto nivel.
3. Miles de maestros que provienen de la CPM cumplirán con los requisitos (años de servicios y estudios de post grado) que se les pedirán a los maestros de la LDP para poder ser ubicados en niveles superiores a los que se encuentran ahora , sin embargo estarán atados de manos al ser excluidos de estas dos evaluaciones extraordinarias.
4. La incorporación y ubicación de los maestros de la CPM entre los niveles 2, 3, 4 y 5 fue a través de procesos de evaluaciones. El pase a la actual LRM de los maestros de la Ley del Profesorado ha sido ubicándolos entre los niveles 1,2 y 3 sin evaluaciones de incorporación.
5. Al cerrar el paso a estas dos oportunidades a los maestros de la CPM los relegan a estar en niveles inferiores y por consiguiente tendrán remuneraciones mucho menores. Si las nuevas oportunidades representan beneficios mucho mayores a las que tuvieron los maestros de la CPM en su momento lo justo hubiera sido que también les permitan participar de ellas. Para esto no tendrían que incrementarse la cantidad de vacantes para cada nivel al ser solo una cuestión de competencia.
De otras formas de exclusión y discriminación en perjuicio de los maestros de la CPM:
Peor aun, aquí no terminan las discriminaciones contra los maestros de la CPM. Veamos algunas más:
Falso ascenso de nivel que es en realidad descenso:
Se pretende justificar la exclusión de los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias con un falso ascenso de un nivel al ser transferidos a la LRM. Los maestros del primer nivel de la CPM han sido ubicados en el segundo nivel de la LRM, los del segundo en el tercero, los del tercero en el cuarto, los del cuarto en el quinto y los del quinto en el sexto. Sin embargo el pase de una carrera de 5 niveles (CPM) a otra de 8 (LRM) a solamente un nivel más, no significa un ascenso sino todo lo contrario es un descenso. Esto sucede cuando partiendo de una base de cinco niveles (CPM) a la LRM le dan 3 más para que sea de ocho, pero por su lado al maestro de la CPM le dan solamente un nivel más, entonces se genera una diferencia negativa de -2 y por lo tanto el maestro de la CPM no está siendo ascendido de nivel sino todo lo contrario. De esta forma se ha querido hacer creer que se están reconociendo sus derechos y que incluso se los está premiando, lo cual es completamente falso.
Exclusión también de los pagos por maestrías y doctorados:
La LRM establece que el pago mensual de la asignación por maestrías y doctorados será solamente para los maestros que provienen de la LDP, haciendo a un lado a los maestros de la CPM que también cuentan con estos estudios de post grado y que en su momento les sirvieron también para incorporarse a la CPM. El pago por contar con estudios concluidos de maestría es de 120 soles mensuales y por contar ya con el grado de magíster es de 180 soles mensuales. De esta forma la diferencia en sueldos netos será mucho mayor aun en perjuicio de los maestros de la CPM.
No reconocimiento de los años de carrera transcurridos en la CPM:
Luego de ser congelada la CPM por un año y medio fue derogada. Los maestros en esta ley meritocrática ya contaban con tiempo de servicios transcurridos: Los que fueron nombrados en el año 2008 contaban con 4 años de carrera, los nombrados e incorporados del 2009 con 3 años, los del 2010 con 2 años y los del 2011 con un año. Este tiempo de servicios ha sido desconocido y no se toma en cuenta para efectos de ascenso ordinario dentro de la LRM.
Conclusiones
Es obvio que la Ley de Reforma ha sido concebida en un clima de inconformidad e intolerancia ante la CPM y por ello durante su elaboración han buscado revertir la situación de ventaja en niveles y sueldos con que contaban los maestros de la CPM al incorporarse a una ley meritocrática. Esto buscando beneficiar a los maestros de la LDP solamente y en este afán no han dudado en perjudicar a los maestros de la CPM.
Para sustentar la derogatoria de la CPM se ha llegado incluso a poner en tela de juicio la confiabilidad de las evaluaciones de incorporaciones a la CPM poniendo en una difícil situación a los maestros que accedieron a ella. Si bien es cierto hubieron algunas dificultades en las evaluaciones de nombramiento estas no se dieron en la evaluaciones de incorporaciones a la CPM. Incluso ahora persisten este tipo de dificultades en las pruebas de papel que se continúan aplicando sin que esto signifique que los maestros no aprueben las evaluaciones de conocimientos en base a su esfuerzo..
El sentimiento de frustración de los maestros que se incorporaron a la CPM es grande. Frustración porque son excluidos de dos oportunidades que representan beneficios mayores a las que tuvieron en su momento y para lo cual cuentan con creces con los requisitos exigidos de tiempo de servicios y estudios de post grado. Esto incide negativamente en su desarrollo profesional limitándolo a remuneraciones mucho más bajas. De no haberse incorporado a la CPM podrían acceder hasta el sexto nivel e incluso contar con el pago de la asignación mensual por maestrías y doctorados.
• Luis Francisco Meléndez Ruiz
www.lmelendezr.wordpress.com
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Esto en respuesta dada por el Ministerio de Educación del Perú ante la pregunta: ¿Por qué se excluye a los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias para poder ascender hasta el sexto nivel?
Estas evaluaciones serán solamente para los maestros que provienen de la Ley del Profesorado (LDP), una en el primer semestre y otra en el segundo semestre del presente año cerrando así el paso a los maestros de la CPM.
En qué consistió exactamente esa oportunidad que ya tuvieron los maestros de la CPM?
Contextualizando:
Elaboremos antes un breve contexto: Luego de la aprobación de la CPM en Julio del año 2007, han sido nombrados 30 mil nuevos maestros e incorporados 25 mil maestros antiguos bajo esta nueva ley de cinco niveles. Los maestros recién nombrados fueron ubicados en el primer nivel y los incorporados fueron distribuidos del segundo al quinto.
En términos generales esa oportunidad se refiere a la decisión que adoptaron los 25 mil maestros de la ley del profesorado para incorporarse a la entonces flamante CPM. Esto a partir del año 2009 en el mes de Setiembre, luego vinieron las incorporaciones de los años 2010 y 2011 y luego, al cambio de gobierno estas incorporaciones e incluso nombramientos se detuvieron para dar paso a una revisión de la CPM a fin de mejorarla según versiones propias de la nueva gestión y que sin embargo concluyo en la elaboración de una nueva ley denominada Ley Reforma Magisterial 29944 (LRM) que derogaba tanto a la aun nueva Ley de Carrera Pública Magisterial 29062 como a la antigua Ley del Profesorado 24029. Esto sucedió en Noviembre del año 2012.
Los maestros que en ese entonces se incorporaron a la Ley 29062 a partir del año 2009 abriendo el paso a un sistema meritocrático y accediendo al llamado del gobierno de ese entonces tuvieron que someterse a un proceso de evaluaciones que consistía en una prueba nacional eliminatoria con nota aprobatoria mínima de 14, evaluación de desempeño dentro de sus colegios, y presentación de expedientes donde se acreditaba su formación en servicio, experiencia laboral y méritos entre otros criterios. Los maestros que postulaban a los niveles 4 y 5 fueron evaluados además en manejo de las TICs y conocimientos de inglés, preparación de una sesión de clase con lápiz y papel sin acceso a material de consulta y al día siguiente el dictado de una clase magistral en un colegio asignado previamente, pero el grado y sección asignados a último minuto. Para el nivel 4 se requería contar con estudios de maestría por lo menos ya concluidos y para el quinto nivel ya con el grado obtenido.
Entonces entre los años 2009 al 2011 los maestros incorporados fueron distribuyéndose entre los 5 niveles de la Ley de Carrera Pública Magisterial 29062. Finalmente, de los 25 mil maestros que lograron incorporarse la gran mayoría quedaron ubicados entre el tercer y cuarto nivel, por no decir casi todos, minoritariamente en el segundo nivel y mucho menos aun en el quinto nivel.
La oportunidad:
Consistió en que los maestros de la Ley del Profesorado que lograban aprobar las evaluaciones de incorporación a la Carrera Púbica Magisterial podían ser ubicados entre los niveles dos y cinco de la nueva ley si reunían los requisitos de tiempo de servicios hasta el tercer nivel y además de esto estudios de maestría concluidos para el cuarto nivel y grado ya obtenido para el quinto nivel. Entonces de acuerdo a estos requisitos un maestro podía ser ubicado en un rango de 4 niveles (del segundo al quinto). Es decir en un ejemplo más extremo podía dar el salto del segundo nivel de la Ley del Profesorado (que también tenía 5 niveles) hasta el quinto nivel de la nueva Ley de Carrera Pública Magisterial 29062.
¿Está justificada la exclusión de los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias para poder ascender hasta el sexto nivel por haberse incorporado a la CPM?
Demostración de que no es así por las siguientes razones:
1. Esta oportunidad que consistía en un proceso de evaluaciones se dio en repetidas ocasiones entre los años 2009 y 2011 y fue abierta para todos. Fueron los maestros ahora provenientes de la CPM quienes se animaron a abrir el camino de la meritocracia y de las evaluaciones dejando atrás derechos considerados irrenunciables por la mayoría, como por ejemplo la estabilidad laboral absoluta.
2. Las dos oportunidades que se les da en exclusiva a los maestros de la LDP representan beneficios mucho mayores a los que tuvieron en su momento los maestros de la CPM. Debido a esto la mayoría de maestros de la CPM quedarán ubicados solamente entre el tercero, cuarto y quinto nivel mientras que miles de maestros de la LDP serán reubicados luego de las dos evaluaciones extraordinarias entre el cuarto, quinto y sexto nivel.
3. Miles de maestros que provienen de la CPM cumplirán con los requisitos (años de servicios y estudios de post grado) que se les pedirán a los maestros de la LDP para poder ser ubicados en niveles superiores a los que se encuentran ahora , sin embargo estarán atados de manos al ser excluidos de estas dos evaluaciones extraordinarias.
4. La incorporación y ubicación de los maestros de la CPM entre los niveles 2, 3, 4 y 5 fue a través de procesos de evaluaciones. El pase a la actual LRM de los maestros de la Ley del Profesorado ha sido ubicándolos entre los niveles 1,2 y 3 sin evaluaciones de incorporación.
5. Al cerrar el paso a estas dos oportunidades a los maestros de la CPM los relegan a estar en niveles inferiores y por consiguiente tendrán remuneraciones mucho menores. Si las nuevas oportunidades representan beneficios mucho mayores a las que tuvieron los maestros de la CPM en su momento lo justo hubiera sido que también les permitan participar de ellas. Para esto no tendrían que incrementarse la cantidad de vacantes para cada nivel al ser solo una cuestión de competencia.
De otras formas de exclusión y discriminación en perjuicio de los maestros de la CPM:
Peor aun, aquí no terminan las discriminaciones contra los maestros de la CPM. Veamos algunas más:
Falso ascenso de nivel que es en realidad descenso:
Se pretende justificar la exclusión de los maestros de la CPM de las dos evaluaciones extraordinarias con un falso ascenso de un nivel al ser transferidos a la LRM. Los maestros del primer nivel de la CPM han sido ubicados en el segundo nivel de la LRM, los del segundo en el tercero, los del tercero en el cuarto, los del cuarto en el quinto y los del quinto en el sexto. Sin embargo el pase de una carrera de 5 niveles (CPM) a otra de 8 (LRM) a solamente un nivel más, no significa un ascenso sino todo lo contrario es un descenso. Esto sucede cuando partiendo de una base de cinco niveles (CPM) a la LRM le dan 3 más para que sea de ocho, pero por su lado al maestro de la CPM le dan solamente un nivel más, entonces se genera una diferencia negativa de -2 y por lo tanto el maestro de la CPM no está siendo ascendido de nivel sino todo lo contrario. De esta forma se ha querido hacer creer que se están reconociendo sus derechos y que incluso se los está premiando, lo cual es completamente falso.
Exclusión también de los pagos por maestrías y doctorados:
La LRM establece que el pago mensual de la asignación por maestrías y doctorados será solamente para los maestros que provienen de la LDP, haciendo a un lado a los maestros de la CPM que también cuentan con estos estudios de post grado y que en su momento les sirvieron también para incorporarse a la CPM. El pago por contar con estudios concluidos de maestría es de 120 soles mensuales y por contar ya con el grado de magíster es de 180 soles mensuales. De esta forma la diferencia en sueldos netos será mucho mayor aun en perjuicio de los maestros de la CPM.
No reconocimiento de los años de carrera transcurridos en la CPM:
Luego de ser congelada la CPM por un año y medio fue derogada. Los maestros en esta ley meritocrática ya contaban con tiempo de servicios transcurridos: Los que fueron nombrados en el año 2008 contaban con 4 años de carrera, los nombrados e incorporados del 2009 con 3 años, los del 2010 con 2 años y los del 2011 con un año. Este tiempo de servicios ha sido desconocido y no se toma en cuenta para efectos de ascenso ordinario dentro de la LRM.
Conclusiones
Es obvio que la Ley de Reforma ha sido concebida en un clima de inconformidad e intolerancia ante la CPM y por ello durante su elaboración han buscado revertir la situación de ventaja en niveles y sueldos con que contaban los maestros de la CPM al incorporarse a una ley meritocrática. Esto buscando beneficiar a los maestros de la LDP solamente y en este afán no han dudado en perjudicar a los maestros de la CPM.
Para sustentar la derogatoria de la CPM se ha llegado incluso a poner en tela de juicio la confiabilidad de las evaluaciones de incorporaciones a la CPM poniendo en una difícil situación a los maestros que accedieron a ella. Si bien es cierto hubieron algunas dificultades en las evaluaciones de nombramiento estas no se dieron en la evaluaciones de incorporaciones a la CPM. Incluso ahora persisten este tipo de dificultades en las pruebas de papel que se continúan aplicando sin que esto signifique que los maestros no aprueben las evaluaciones de conocimientos en base a su esfuerzo..
El sentimiento de frustración de los maestros que se incorporaron a la CPM es grande. Frustración porque son excluidos de dos oportunidades que representan beneficios mayores a las que tuvieron en su momento y para lo cual cuentan con creces con los requisitos exigidos de tiempo de servicios y estudios de post grado. Esto incide negativamente en su desarrollo profesional limitándolo a remuneraciones mucho más bajas. De no haberse incorporado a la CPM podrían acceder hasta el sexto nivel e incluso contar con el pago de la asignación mensual por maestrías y doctorados.
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juan villalobos
14:04 | 13-09-2015 | IP: 190.232.228.40Buenos días,partiendo de un enfoque,de la ley de reforma magisterial, debería aplicarse desde el ,Minedu,Dirección regional,ugeles. a todos la meritocracia y en la realidad hacer un ejemplo de esta buena ley,con los actos, demostrar y enseñar el principio de equidad,respeto ala persona y que totalmente todos sean evaluados.¿A un me pregunto? si algún día por casualidad. Me toque decidir me corrompería,¿Que opinan? El ser humano es complejo.
DEYSI
16:40 | 2-05-2015 | IP: 190.108.83.24Gracias a Dios Los entenados del Gobierno solo nos queda rogar que se termine el año lo màs rápido posible y de esta manera pensar que el nuevo gobierno nos trate a todos iguales y que la evaluación sea justa y transparente no como en este gobierno que se escucha mucha meritocracia.
Angela Dolorier Ccoriñaup
07:57 | 17-04-2015 | IP: 190.238.1.48Me indigna esta discriminación por parte del gobierno para quienes sin temor nos presentamos a la CPM, que en su momento fue causa de bullyng por parte de los demás docentes, en mi caso yo fui la única en mi I.E y fui objeto de burlas y discriminación y ahora se han incrementado las burlas puesto que el mismo gobierno nos da la espalda.
Luz Villalobos Fernandez
19:55 | 26-03-2015 | IP: 179.7.98.205Me da gusto que el gobierne se preocupe mas en educación y incentivar a los docente que cada día nos preparemos mas, queremos una educación de calidad maestros bien preparados para mi es un reto y me gusta.
moises
09:39 | 26-03-2015 | IP: 181.64.192.135Estoy totalmente de acuerdo con el artí * , no es posible que el haber accedido a la CPM, confiando en que por fin se iban a reconocer los méritos del maestro que se prepara permanentemente se iba a estrellar con la incongruencia del Ministerio, ingresé en la primera evaluación y ahora observo como colegas que acceden en la actualidad me han pasado hasta la sexta escala mientras a mi me "premiaron" subiéndome a la IV escala por cuatro años.
JOSE
17:49 | 23-03-2015 | IP: 190.233.129.191ES INCREIBLE, EL GOBIERNO NOS HABLA DE MERITOCRASIA, PERO NOS LIMITA A LOS DOCENTES QUE NOS INCORPORAMOS A LA LEY DE LA CPM, PIDO A LOS COLEGAS QUE EXIJAMOS, QUE PRONTO SE NOS EVALUE PAR PASAR A ESCALAS MAYORES. NO PODEMOS QUEDARNOS POR VARIOS AÑOS CON NUESTRA ESCALA.
rene
20:34 | 2-02-2015 | IP: 190.239.53.97No es justo que los docentes nombrados interinamente sean cesado si no aprueban el examen. por el único error de no haber regularizado sus situaciones en su momento, a pesar que tienen licenciaturas, maestrías y doctorados esto no es racional. mejor seria que se deroguen todas las leyes y se vuelva a la ley antigua la 25530 que sí reconocía los derechos de los maestros.
Yris
10:45 | 23-01-2015 | IP: 200.121.20.73Que, lamentable de parte del gobierno así se lavan las manos les conviene dividirnos, paremos la meritocracia que se viene arrastrando de muchos años atrás porque todos somos capaces para eso nos formamos tenemos derechos a ser tratados con respeto hay que dejar de criticarnos entre nosotros ya es hora de organizarnos...............ya.
silvia janett
09:57 | 6-01-2015 | IP: 190.235.13.148como pude postular si me mobre el 2011 y al siguiente año me colocaron en el segundo nivel hacen dieron al segundo nivel sin derecho a poder dar un examen y ahora tengo que esperar toda esta meritocracia y orden de la educación para recién postular y no nos digan esas duras palabras que ya tuvimos la oportunidad
Juan
15:43 | 5-01-2015 | IP: 190.239.245.77DIVIDE Y REINARAS. ESTO ES SOLO EL INICIO DE TODO UN PROCESO QUE VIENE DESDE EL GOBIERNO DE FUJIMORI REVISEMOS LA HISTORIA. EL TIEMPO NOS DIRÁ,SOBRE LA SITUACIÓN EDUCATIVA DEL PAÍS Y DEL MAESTRO EN ESTA CARRERA DEL VUELO NUPCIAL DE LAS ABEJAS, HABRÁN JUICIOS, INTERPRETACIONES, APELACIONES Y OTROS.EL FONDO ES OTRO, ASÍ ES QUE SOLO NOS QUEDA, PREPARARNOS EN ESTA MERITOCRACIA Y ACREDITACIÓN. BUENO ES SOLO UNA OPINIÓN.
Fernando
08:38 | 2-01-2015 | IP: 190.42.88.41La unica responsable y originaria de todo este caos es la ex ministra Patricia Salas,no la olvidemos y aun mas que fue la artillera del proyecto de la CPM a quien le dio la espalda totalmente.
Pipo
19:03 | 3-12-2014 | IP: 181.64.209.5CASI DE ACUERDO PERO SIENTO UN TUFILLO SUTEPISTA DISCRIMINADOR TAMBIÉN EN SU DISCURSO PUESTO QUE PARECE INCLUIR A TODOS LOS MAESTROS DENTRO DE LA CPM PERO EN REALIDAD NO ES ASÍ, ME PARECE QUE SÓLO ESTÁ HABLANDO POR LOS INCORPORADOS Y EN TODO CASO PARECIERA QUE DIGESE "ME ARREPIENTO DE HABERME INCORPORADO A LA CPM". LOS ÚNICOS PERTENECIENTES A LA CPM SON AQUELLOS COMO YO Y MUCHOS QUE NO TUVIMOS OTRA OPCIÓN SI QUERÍAMOS SER NOMBRADOS QUE CONCURSAR POR LA ÚNICA LEY VIGENTE DE AQUEL ENTONCES.
Olga
20:46 | 29-11-2014 | IP: 179.7.126.202AHORA TODO ES UN CAOS, SIN MERITOCRACIA Y CON SOBERBIA, LOS SIN MÉRITOS DIRIGEN A LOS DE LA CPM, ASCIENDEN DEL 2° AL 6° Y GANAN DIRECCIONES PARA SIGAN HACIENDO DE LAS SUYAS, ¡ ESTE ES EL GOBIERNO DE LA CORRUPCIÓN Y LA TRANSFORMACIÓN!
Marcos
03:34 | 27-11-2014 | IP: 190.235.95.211La ley debe modificarse para incluir una complementaria que indique, bajar dos escalas a los docentes que opinen que la ley es INJUSTA. Porque no han dicho nada cuando a ellos les subieron una escala sólo por Pasarse de la CPM a la LRM. Y tampoco protestaron cuando bajaron una escala a los que pasaron de la LDP a la LRM. Eso que no reclamaron los hace indeseables.
samy
20:14 | 25-11-2014 | IP: 190.113.215.69ESPERANZA, la evaluación de la Carrera Pública Magisterial convocada en el gobierno de ALAN GARCÍA, fue abierta , no hubo exclusión hacia nadie como ahora loe están haciendo los nacionalista que se jactan de ser inclusivos. cada maestro tomó sus decisiones
SOÑADORA
15:19 | 19-11-2014 | IP: 181.64.242.89QUE NOS SUBIERON DE UN NIVEL MÁS, NOSOTROS NO LO PEDIMOS Y QUE HA USTEDES LES BAJARON DE NIVEL, NO ES NUESTRA CULPA SOLO, QUEREMOS IGUALDAD Y CONCURSAS Y POR NUESTRO PROPIO MERITO ASCENDER AL
SEXTO NIVEL.
esperanza
13:36 | 19-11-2014 | IP: 201.240.171.121los docentes de la CPM han venido ganando mucho mas que los docentes de la LPD ADEMAS ESTOS DOCENTES fueron ascendidos mientras que los docentes provenientes de la LEY DEL PROFESORADO los bajaron de escala por favor profesores ubíquense y no reclamen cosas sin fundamento
Sole
08:19 | 19-11-2014 | IP: 190.236.219.149debemos organizarnos...ya!!!
Hugo
07:33 | 19-11-2014 | IP: 201.240.145.212Para para ser equitativos y justos, a los docentes provenientes de la CPM debe aplicarsele laproporcionalidad entre V nivel y VIII escala, que es de 1.6, siendo asi en la LRM el docente de la CPM II nivel = III escala, III y IV nivel= V escala, V nivel = VII escala.
Respecto a docentes mombrados CPM reubicarlos del I Nivel a la II escala en cuanto cumplan los 5 años de permencia.
walter
03:29 | 19-11-2014 | IP: 190.187.74.232Los de la CPM fueron asendidos un Nivel en cambio a los LDP LE BAJARON UN nivel no es justo
Sonia
19:29 | 18-11-2014 | IP: 190.234.107.208jajaja El ministerio no se da cuenta de este atropello... bueno debemos hacer un plantón y que nos escuche nuestra disconformidad y nos den soluciones...
SOÑADORA
19:19 | 18-11-2014 | IP: 190.234.107.208QUE INJUSTO A LOS QUE DIMOS UN EXAMEN PARA LA CPM, CUANDO LA MAYORÍA DE PROFESORES ME DECÍAN QUE NO, AHORA ELLOS LLEGARON AL SEXTO NIVEL ¡NO ES JUSTO!... HAGAMOS UN PLANTÓN EL MINISTERIO
EULALIA
18:47 | 18-11-2014 | IP: 190.239.57.27colegas hagamos algo es una injusticia que están cometiendo con nosotros, hemos he tenido que pasar 5 exámenes tener maestría, doctorado ahora no piden nada de eso no es justo comenzar nuestra lucha
Maggy
17:46 | 18-11-2014 | IP: 190.234.105.248Es momento dehacer respetar nuestros derechos y decirle no ala justicia de parte del gobierno de Ollanta ls primeros maestros que apostamos por elcambio de la educacion hoy somos relegados y discriminados al no tener la oportunidad de ascenso en estas convocatorias ,asi que a demandar al estado por discriminacion hasta cuando vamos a esperar ala lucha todod sls del CPM
Dilmer Medina Vidal
16:42 | 18-11-2014 | IP: 190.236.81.64Completamente de acuerdo debemos unirnos y reclamar nuestros derechos no es posible tanto atropello a los docentes de la cpm.
PETER
14:03 | 17-11-2014 | IP: 190.235.63.64SE DEBE BUSCAR ABOGADOS CONSTITUCIONALISTAS PARA QUE NOS REPRESENTEN A TODOS LOS DOCENTES DE LA LCPM, Y DENUNCIAR AL ESTADO POR DISCRIMINACIÓN.
Antonio Huamani Solis
11:42 | 17-11-2014 | IP: 190.234.106.123Yo decidí dar las evaluaciones de reincorporación a la CPM, por que la realidad educativa en el año 2009 era controvertido y muchas críticas a los docentes por su aptitud profesional. En ese entonces yo no tenía Grado de Maestría; ahora ya tengo el grado de Maestría, solo exijo al Ministerio de Educación, las oportunidades de ascenso también a los maestros de la CPM, ahora.
nora ilda espinal ll
03:47 | 17-11-2014 | IP: 181.64.236.170Es momento colegas de unirnos para solicitar la rectificación de esta decisión equivocada ,los maestros de la CPMno merecemos el maltrato del gobierno.
olga
22:36 | 16-11-2014 | IP: 181.66.156.131Bien colegas es hora de hacer respetar nuestros derechos, es una injusticia lo que han hecho con nosotros los de CPM, es hora que nos unamos y denunciemos a este gobierno.
irma pilco
21:55 | 16-11-2014 | IP: 190.113.214.46totalmente de acuerdo.. soy docente de CPM y siento la injusticia de esta ley..
María
19:04 | 16-11-2014 | IP: 181.67.153.220Creo que debemos buscar alguna solución, porque no es gusto esto que están haciendo con nosotros. Somos bastantes, ojala y podamos hacer algo.
ANA DEL CARMEN
19:03 | 16-11-2014 | IP: 190.42.202.118ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CON LO EXPUESTO, SOY MAESTRA DE LA CPM, Y NO ES JUSTO QUE SE NOS EXCLUYA DE PODER PARTICIPAR EN EL ASCENSO DE NIVEL, MAS AUN CUANDO FUIMOS NOSOTROS QUIENES VALIENTEMENTE INICIAMOS LA FAMOSA MERITOCRACIA, SIENDO OBJETO DE BURLAS, RECHAZOS, POR QUIENES AUN PERTENECÍAN A LA LEY 24029, Y HOY MUCHOS DE ESOS DOCENTES QUE EN SU MOMENTO NO SE ATREVIERON A POSTULAR HAN PASADO A LA QUINTA Y HASTA SEXTA ESCALA. QUEDANDO NOSOTROS ATRÁS.
gusnara odar jimenez
18:43 | 16-11-2014 | IP: 181.66.157.249cuanto mas tenemos que soportar, estas medidas nos vienen perjudicando de sobremanera, miramos pasivamente, atados sin hacer nada..y lo que es peor aun ahora quiere ENDULZARNOS con ese irrisorio bonoaguinaldo
yolanda
17:59 | 16-11-2014 | IP: 201.240.46.139FINALMENTE. estimados colegas solo nos han dejado el camino de seguir soportando tantas injusticias hasta jubilarnos o unirnos de una ves por todas nombrar nuestros representantes y tomar abogados aunque seguramente hay entre los 55,000 que somos habrá constitucionalistas que nos ayuden...es hora de defender nuestros derechos, y ala larga el derecho de todos los docentes porque nada nos asegura que venga otro gobierno que actúe igual que Ollanta y de otra ley que anule a la 29944 y se repita tod
yolanda
16:57 | 16-11-2014 | IP: 201.240.46.139ese es otro delito, una ley es para todo peruano, no puede existir discriminació, y lo que esta haciendo Ollanta es discriminar, facilito cualquier tribunal interamericano resolverá a nuestro favor. basta ya de tanto abuso, es lamentable que Ollanta haya entregado educación a personas agenas a trabajo educativo , que ignoran los derechos de los maestros, nosotros estamos en la quinta escala, tenemos 30 años de servicios ya nos falta 8 años para llegar a los 65, me falta edad para lograr 8va esc
Yolanda
16:49 | 16-11-2014 | IP: 201.240.46.139es es la prueba contundente como el gobierno esta en contra del magisterio en especial de los maestros de la CPM. si ellos crearon una nueva ley debían respetar los derechos de los que rindieron examen si yo estoy en el tope de la ley 29062, también debía estar en el tope de la nueva ley que ellos crean y no bajarme dos escalas. ese es un delito. si existe una evaluación debió ser para todos. y no discriminar ese es otro delito. si yo emito una ley, no puedo emitir un oficio que anule la ley ...
Yolanda
16:42 | 16-11-2014 | IP: 201.240.46.139el derecho lo genera el examen, es un derecho ineludible, consagrado hasta en los tribunales internacionales, es hora que nos hagamos respetar, porque este gobierno no se cansa en pisotear nuestros derechos, considerados hasta en su propia ley 29944 donde dice que esta ley esta conformada por escalas magisteriales y por meritocracia; pero solo para perjudicarnos dejarnos hasta sin derecho a encargaturas , emite el oficio 114-2013 donde anula las escalas y las da por años de servicios ..es mas..
yolanda
15:56 | 16-11-2014 | IP: 201.240.46.139las acciones de Ollanta atenta contra el art.2 inc.2 de la constitución "La igualdad ante la ley, nadie debe ser discriminado.." todos los de la CPM es hora de unirnos y demandar al estado peruano por las acciones tomadas en represalia a los maestros que obedeciendo a la la ley 29062 rendimos 6 evaluaciones, obtuvimos nota mayor a la mínima que era 14, nos presentamos con maestría, doctorados, cumplimos con las condiciones, y ellos debían respetar los 5 niveles y no rebajarnos al crear 8 es mas
Magda
15:30 | 16-11-2014 | IP: 181.66.109.16Es una flagrante violacion a los derechos. Que el señor Ollanta
Tenga problemas personales con
Alan no tiene por qué perjudicarnos . Separe el trigo de la paja, señor Ollanta y actúe con justicia y equidad!!
Luis
12:51 | 16-11-2014 | IP: 181.64.209.2Aún tenemos ciegos en los altos cargos técnicos de la educación, no es lógico los procedimientos. En una misma Ley todos deben tener los mismos derechos.
dani
12:21 | 16-11-2014 | IP: 190.233.8.12totalmente de acuerdo estimado profesor, ojalà haga eco su pertiente anàlisis
charito
07:17 | 16-11-2014 | IP: 181.66.156.180COMPLETAMENTE DE ACUERDO Y ORGANIZARNOS PARA Y HACER RESPETAR NUESTROS DERECHOS.