RES. Nº 01-2015/JNAC/RENIEC - Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten - www.reniec.gob.pe
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL - RENIEC
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Aprueban gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 9 de enero de 2015
VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000139-2014/GCRD/RENIEC (03DIC2014), el Memorando Nº 000597-2014/GCRD/RENIEC (30DIC2014), emitidos por la Gerencia de Certificación y Registro Digital; los Informes Nº 000174-2014/GCRD/SGRD/RENIEC (02DIC2014), Nº 000191-2014/GCRD/SGRD/RENIEC (30DIC2014), emitidos por la Sub Gerencia de Registro Digital de la Gerencia de Certificación y Registro Digital; el Memorando Nº 001204-2014/GG/RENIEC (19DIC2014), emitido por la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000002-2015/GPP/RENIEC (05ENE2015), emitida por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; los Informes Nº 000183-2014/GPP/SGPL/RENIEC (31DIC2014), emitido por la Sub Gerencia de Planificación y el Informe Nº 000001-2015/GPP/SGP/RENIEC (05ENE2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000055-2014/GAJ/SGAJR/RENIEC (26DIC2014) e Informe Nº 000007-2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (07ENE2015), emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y las Hojas de Elevación Nº 000764-2014/GAJ/RENIEC (26DIC2014) y Nº 000014-2015/GAJ/RENIEC (07ENE2015), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, es el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado;
Que el artículo 98º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente;
Que en atención a ello, mediante la Resolución Jefatural Nº 08-2014/JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 enero de 2014, se aprobó la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten;
Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Certificación y Registro Digital manifiesta que conforme lo ejecutado en los años anteriores y, considerando que los actuales usuarios de los certificados digitales continúen utilizándolos en diferentes servicios, y que además, se extienda su uso a más entidades, se estima que la proyección de meta física mínima para el año 2015, sea de 5,000 certificados digitales;
Que en atención a lo señalado precedentemente, la acotada Gerencia solicita se amplíe el plazo para continuar con la emisión gratuita de Certificados Digitales durante el año 2015 para las Entidades del Sector Público, lo que permitirá fortalecer el desarrollo del gobierno electrónico en el país, masificando el uso de los certificados digitales y permitiendo realizar transacciones electrónicas seguras;
Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad para la emisión mínima de 5,000 Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público para el año 2015, solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital, será con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el presente año 2015, los que serán atendidos en la medida que se realicen los trámites correspondientes;
Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015;
Que se hace necesario hacer de conocimiento público la presente Resolución Jefatural, toda vez que su contenido proporciona información relativa y es de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); el numeral 1 del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015 la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten.
Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el presente año 2015 y su afectación será en la medida que se ejecuten los requerimientos respectivos.
Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Certificación y Registro Digital, de Tecnología de la Información y de Planificación y Presupuesto.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
• www.reniec.gob.pe
[El Peruano: 10/01/2015]
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