Padres que cometan delitos graves perderán patria potestad de hijos, según cambios en el Código Penal

¤ 08/5/2015 ¤ larepublica.pe ¤ 0 comentarios
Sociedad
Padres que cometan delitos graves perderán patria potestad de hijos, según cambios en el Código Penal
Padres que cometan delitos graves perderán patria potestad de hijos, según cambios en el Código Penal


Quienes cometan feminicidio y parricidio, además de recibir pena de cárcel, perderán ahora los derechos que tenían sobre sus hijos: Progenitores con sentencia condenatoria ya no tendrán derechos sobre sus hijos. Feminicidio, parricidio, abuso sexual y sus derivados, y terrorismo son los delitos que motivan la pérdida de la tutela.

Téngalo muy presente. Desde hoy, todo padre o madre no tendrá derecho a la patria potestad de sus hijos si cuenta con una sentencia condenatoria por delitos graves como son el parricidio o feminicidio. Así lo establece la Ley N° 30323 promulgada por el Congreso de la República y publicada ayer en el diario El Peruano.

Esta iniciativa legislativa se convierte así en una herramienta que permite proteger a los niños y adolescentes del país de inminentes agresores.

A su vez, motiva la modificatoria de los artículos 107º y 108º-B del Código Penal, así como los artículos 75º y 77º del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 471º del Código Civil.

¿CÓMO FUNCIONA?

Aquí un ejemplo de cómo y cuándo aplica esta norma. Un padre asesina a la madre de sus tres hijos cometiendo así un feminicidio. Si tras las investigaciones y al término del proceso judicial ese padre es condenado, automáticamente pierde los derechos sobre sus hijos y no recobra la patria potestad. Será un juez de familia el que determinará quién asume el cuidado de los menores.

PÉRDIDA TEMPORAL

"Cuando hay sentencia hablamos de una pérdida de patria potestad, pero también la ley considera la suspensión", explica Silvia Loli Espinoza, titular de la Dirección Contra la Violencia de Género, del Ministerio de la Mujer.

Dicha suspensión es aplicada mientras duren las investigaciones para esclarecer un delito grave.

"Es importante que apenas se inicie el proceso penal se suspenda la patria potestad. Si no hay sentencia y la persona es inocente, mediante un procedimiento administrativo recobra sus derechos", agrega Loli Espinoza.

Pero la ley no solo considera los delitos de parricidio y feminicidio para retirar los derechos sobre los hijos.

El que una persona tenga sentencia por los delitos de exposición o abandono peligroso, instigación o participación en pandillaje pernicioso, trata de personas, formas agravadas de la trata de personas y violación sexual; también lo hace merecedor de la extinción o pérdida de la tutela de los hijos que tenga.

También por violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, violación de persona con incapacidad y violación sexual de menor de edad y seguida de muerte o lesión grave.

Pero no todo queda allí. La violación de persona bajo autoridad o vigilancia, seducción, actos contra el pudor, contra el pudor en menores y sus formas agravadas; también están incluidas, así como el favorecimiento a la prostitución y proxenetismo, y la explotación sexual comercial infantil y adolescente en el ámbito del turismo.

Finalmente, los sentenciados por delito de terrorismo también son candidatos a perder la patria potestad. Las tentativas de parricidio, feminicidio y demás delitos no están consideradas dentro de esta ley.

MÁS GRAVANTES

"Era inadmisible que un padre, después de haber dado muerte a la madre de un menor, aún pueda continuar ejerciendo la tutela", sostiene por su parte Ana María Solórzano, presidenta del Congreso y promotora de la norma.

Por ello, esta ley considera otro aspecto importante a tener en cuenta.

Muchos han sido los casos reportados de hijos abusados por sus propios padres. Esto desde ya quita todos los derechos del padre sobre el hijo y, para el caso de esta Ley N°30323, así las víctimas sean terceros y no los propios hijos, los agresores pierden la patria potestad de los suyos.

"Ante el fallecimiento de una madre por causa de feminicidio, los derechos de los familiares del esposo agresor no se pierden por la sentencia que el culpable adquiere. Finalmente, la patria potestad la determina un juez de familia, y será él quien determine con qué personas se quedarán los hijos, en el caso de que no sea necesario enviarlos a un albergue del Estado", acota Silvia Loli Espinoza.

Esta ley no es retroactiva para los que ya tienen condena firme por graves delitos.

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