Desde hoy jueves ya pueden iniciar gestiones para el retiro de su CTS
¤ 25/6/2015 ¤ andina.com.pe ¤ 3 comentarios
Desde hoy jueves pueden iniciarse las gestiones para el retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), luego que en la víspera se publicó la ley que autoriza a disponer libremente del 100 por ciento del excedente de cuatro remuneraciones brutas.
El director del área laboral de PwC, César Puntriano, refirió que ayer se publicó, en el diario El Peruano, la Ley 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015.
Última remuneración
En ese sentido, se considerará el monto de la última remuneración del trabajador y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras el monto intangible de cada trabajador.
A partir de hoy
La norma es de aplicación a partir de hoy, pero el retiro no podrá ser inmediato, pues se requiere que el empleador comunique a la entidad depositaria de la CTS el importe intangible de cuatro remuneraciones brutas.
No hay plazo
No se contempla plazo para ello por lo que el empleador podría tomarse 24, 48 o 72 horas o inclusive cinco días como señalaba el D.S. 008-2014-TR que fue aplicable para el retiro excepcional dispuesto por el Decreto de Urgencia 001-2014 (venció el 31.12.2014).
Fiscalización
Finalmente, la norma señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se encargará de fiscalizar el cumplimiento, aunque quien también es competente para hacerlo es la Sunafil, pues el ministerio únicamente fiscaliza a las microempresas.
En esa medida, el monto intangible de la CTS se ha reducido, pero el pronto retiro dependerá de la celeridad del empleador en informar dicha suma al depositario de este beneficio.
Reglamento
A inicios de mayo, el titular del MTPE, Daniel Maurate informó que su sector elaborará un reglamento para que los trabajadores no tengan inconvenientes al momento de retirar el dinero que le corresponda por la CTS.
En ese sentido, según dijo, el reglamento que elaborará su cartera dará facilidades a los trabajadores al retirar su dinero.
"De manera que el trabajador, cuando llegue al banco, no tenga complicaciones para retirar ese dinero y lo pueda destinar o gastar como mejor decida", precisó en entrevista para Andina Online.
Detalló que, en dicho reglamento, también se indicará que los empleadores deben dar facilidades a los trabajadores para informar a los bancos respecto a la cantidad de dinero que tienen para retirar.
En cuando a las especificaciones, el ministro indicó que el mencionado reglamento será "demasiado pequeño y práctico".
EDUCACIONENRED.PE
El director del área laboral de PwC, César Puntriano, refirió que ayer se publicó, en el diario El Peruano, la Ley 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015.
Última remuneración
En ese sentido, se considerará el monto de la última remuneración del trabajador y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras el monto intangible de cada trabajador.
A partir de hoy
La norma es de aplicación a partir de hoy, pero el retiro no podrá ser inmediato, pues se requiere que el empleador comunique a la entidad depositaria de la CTS el importe intangible de cuatro remuneraciones brutas.
No hay plazo
No se contempla plazo para ello por lo que el empleador podría tomarse 24, 48 o 72 horas o inclusive cinco días como señalaba el D.S. 008-2014-TR que fue aplicable para el retiro excepcional dispuesto por el Decreto de Urgencia 001-2014 (venció el 31.12.2014).
Fiscalización
Finalmente, la norma señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se encargará de fiscalizar el cumplimiento, aunque quien también es competente para hacerlo es la Sunafil, pues el ministerio únicamente fiscaliza a las microempresas.
En esa medida, el monto intangible de la CTS se ha reducido, pero el pronto retiro dependerá de la celeridad del empleador en informar dicha suma al depositario de este beneficio.
Reglamento
A inicios de mayo, el titular del MTPE, Daniel Maurate informó que su sector elaborará un reglamento para que los trabajadores no tengan inconvenientes al momento de retirar el dinero que le corresponda por la CTS.
En ese sentido, según dijo, el reglamento que elaborará su cartera dará facilidades a los trabajadores al retirar su dinero.
"De manera que el trabajador, cuando llegue al banco, no tenga complicaciones para retirar ese dinero y lo pueda destinar o gastar como mejor decida", precisó en entrevista para Andina Online.
Detalló que, en dicho reglamento, también se indicará que los empleadores deben dar facilidades a los trabajadores para informar a los bancos respecto a la cantidad de dinero que tienen para retirar.
En cuando a las especificaciones, el ministro indicó que el mencionado reglamento será "demasiado pequeño y práctico".
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victor ancalla
20:01 | 8-07-2015 | IP: 179.7.99.204desde hace un año y medio mi hijo fue suspendido en su trabajo y hasta la fecha no le pagan sus cts y sus beneficios sociales,y el ministerio de trabajo no hace nada al respecto a pesar de haber sancionado a la empresa que a cometido varias faltas, que se debe hacer, se perderan esos depositos de cts que por derecho le corresponde...
yolanda yamunaque villarr
19:15 | 3-07-2015 | IP: 181.67.155.192Los maestros también tenemos derecho a cobrar CTS
marleni cubas larios
12:01 | 30-06-2015 | IP: 201.240.34.7Quisiera saber que documentos y donde se presenta para lo del CTS por favor mil gracias