RES. N° 000100-2016-J/ONPE - Modifican el TUPA de la ONPE - www.onpe.gob.pe
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - ONPE
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Modifican el TUPA de la ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000100-2016-J/ONPE
Lima, 22 de abril de 2016
VISTOS: Informe N° 00055-2016-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad; el Memorando N° 000143-2016-GG/ONPE de la Gerencia General; Informe N° 00023-2016-SG/ONPE de la Secretaría General e Informe N° 000191-2016-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Conforme a la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se contempla la necesidad de implementar la gestión por resultados en la administración pública; a su vez que la prestación de los servicios requeridos por la ciudadanía sea efectuada de manera más eficiente y eficaz, desarrollando procedimientos con un enfoque basado en procesos, simplificados y que contemplen los requisitos legalmente requeridos, en procura de resultados que efectivamente los beneficien;
De acuerdo con la metodología aprobada a través del Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, en concordancia con las disposiciones del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que establece los Lineamientos para Elaboración y aprobación del TUPA, mediante Resolución Jefatural N° 000227-2015-J/ONPE se aprobó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE;
Con fecha 20 de abril de 2016, la Resolución Jefatural N° 000096-2016-J/ONPE aprueba la creación de los Procedimientos de: Excusa al cargo de Miembro de Mesa; Expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes (Kit Electoral) y Verificación en documentos electorales, especificándose los requisitos, modo de calificación, plazos y autoridad competente para resolver cada uno de ellos;
Asimismo, en atención a los Oficios N° 1174-2015-PCM/SGP y N° 0094-2016-PCM/SGP; de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha determinado la necesidad de realizar modificaciones al TUPA, en los Procedimientos de: Acceso a la información pública (N° 01); Justificación a la inasistencia al cargo de miembro de mesa (N° 03) y Expedición de constancia de sufragio y/o de haber ejercido el cargo de miembro de mesa (N° 04);
Sobre el particular, el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación debe realizarse de similar forma a su aprobación; correspondiendo se emita la Resolución Jefatural que apruebe las modificaciones al TUPA de la ONPE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales s) y t) del artículo 11° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;
Con el visado de la Secretaría General, Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Gestión de la Calidad;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobado con Resolución Jefatural N° 000227-2015-J/ONPE, conforme a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado en el artículo primero de la presente resolución, entre en vigencia a partir del día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado en el artículo primero de la presente resolución, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe; así como, en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe.
Artículo Cuarto.- Los procedimientos administrativos iniciados antes de la presente modificación se rigen por lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado con Resolución Jefatural N° 000227-2015-J/ONPE hasta su conclusión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe
[El Peruano: 27/04/2016]
EDUCACIONENRED.PE
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