CAS: Gobierno oficializa Ley de eliminación del régimen de Contrato de Administración de Servicios (LEY Nº 29849)
¤ 09/4/2012 ¤ andina.com.pe ¤ 15 comentarios
El Poder Ejecutivo publicó la ley aprobada por el Congreso que establece la eliminación progresiva del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, y que otorga derechos laborales a los trabajadores adscritos a ese sistema.
La norma, cuyo texto figura en las normas legales del diario oficial El Peruano, señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Para tal efecto, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
La ley otorga diversos derechos laborales a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS como el del pago por aguinaldo por fiestas patrias y navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad, paternidad y otras licencias fijadas por ley, entre otros derechos.
La norma también señala que el acceso al régimen CAS se realiza obligatoriamente mediante concurso público; y que las entidades contratantes están obligadas a emitir boletas de pago a estos trabajadores.
Además, dispone que en el plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la vigencia de esta ley, se aprobarán las disposiciones complementarias.
La presente ley es refrendada por el presidente Ollanta Humala Tasso y el jefe del Gabinete, Óscar Valdés Dancuart.
También por el presidente del Congreso, Daniel Abugattás, y su primer vicepresidente, Manuel Merino de Lama.
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LA PRENSA INFORMA:
ELIMINACIÓN CAS - CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS
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• El Ejecutivo oficializó la ley de eliminación progresiva del régimen CAS (ELCOMERCIO.PE)
La norma otorga derechos laborales a los trabajadores de dicho régimen como vacaciones y el aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad
El Gobierno oficializó la ley aprobada por el Congreso que establece la eliminación progresiva del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, la misma que otorga derechos laborales a los trabajadores de ese sistema.
La norma, publicada hoy en "El Peruano", señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Así, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
LOS BENEFICIOS
La ley otorga derechos laborales a los trabajadores del CAS como el aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, a percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad y paternidad, entre otros derechos.
• Gobierno oficializa ley que elimina progresivamente CAS (LAREPUBLICA.PE)
Será reemplazado por la implementación del nuevo régimen de servicio civil.
El Poder Ejecutivo oficializó el viernes 06 de abril la ley que elimina progresivamente el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, y que otorga derechos laborales a los trabajadores adscritos a ese sistema.
Según la norma, publicada en el diario oficial El Peruano, la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
En ese sentido, se establecerán en las leyes anuales de presupuesto del sector público los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
Como se recuerda, a mediados de marzo, el Congreso de la República aprobó la referida ley, lo que ha concitado críticas por parte de algunos legisladores y agrupaciones sindicales tales como la CGTP y la CTP.
Entre los beneficios laborales que se otorgarán a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS se encuentra el pago por aguinaldo de fiestas patrias y navidad, vacaciones por 30 días y libertad sindical.
• Ya es oficial eliminación del régimen CAS (DIARIO16.COM.PE)
Contra todo pronóstico, el Gobierno oficializó la ley de eliminación progresiva del régimen de Contrato de Administración de Servicios (CAS), que se iniciará en el 2013. El presidente Ollanta Humala formalizó los derechos laborales de los 180 mil trabajadores que actualmente se encuentran laborando bajo este régimen.
Pese a los cuestionamientos y pedidos de algunos congresistas, el Jefe de Estado optó por promulgar el proyecto aprobado el pasado 15 de marzo en el pleno del Congreso. Mediante la Ley Nº29849 el Ejecutivo resolvió que a partir del próximo año se dará inicio a la eliminación gradual del Decreto Legislativo 1057, también conocido como CAS.
La norma, publicada en el diario oficial 'El Peruano', comunica la creación del nuevo Régimen del Servicio Civil, el mismo que estará sujeto a las leyes anuales de presupuesto del sector público.
No obstante, la Ley precisa que el CAS no está considerado dentro de los "servicios personales" por lo que no se encuentra sujeta a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa ni al régimen laboral de la actividad privada.
BENEFICIOS
Tras la promulgación de la Ley, los trabajadores CAS podrán gozar de los siguientes beneficios: recibirán una remuneración no menor al sueldo mínimo legalmente establecido (S/. 675), y solo trabajarán 8 horas diarias, además de tener derecho a 24 horas de descanso como mínimo. En el caso de maternidad y paternidad, recibirán licencia con goce de haber.
Asimismo, tendrán aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, según los montos establecidos en la Ley de presupuesto del sector público, y tendrán derecho a 30 días de vacaciones remuneradas.
En cuanto a los seguros sociales, la norma señala que los empleados podrán gozar de los derechos que establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, serán afiliados al régimen contributivo que administra EsSalud y tendrán opción de escoger entre un régimen pensionario ya sea público o privado.
Asimismo, se les ha atribuido la libertad de formar sindicatos, que deberá estar ejercitada conforme a las normas y reglamentos del Estado.
CONCURSO PÚBLICO
Entre las disposiciones de la norma se indica que el acceso al régimen CAS se realizará obligatoriamente mediante concurso público. Esta fue una de las disposiciones objetadas por algunos congresistas que, sin embargo, ha sido aprobada por el Gobierno.
Según señala la Ley, la convocatoria se realizará a través del portal institucional de la entidad convocante, de igual manera en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y en el Portal del Estado, a fin de cautelar la transparencia en el proceso de selección.
MODIFICACIONES
Si bien el trabajador CAS podía ser despedido en cualquier momento por la entidad contratante, mediante la citada norma se detalla que a partir de la fecha el contrato solo podrá extinguirse tras el fallecimiento del empleado; por renuncia o acuerdo mutuo; inhabilitación administrativa, judicial o política por más de tres meses o por el vencimiento del plazo del contrato.
Entre otros cambios se observa que a partir de la promulgación las entidades están en la obligación de emitir boletas de pago a los trabajadores CAS.
• Gobierno oficializa ley de eliminación progresiva del régimen CAS (EXPRESO.COM.PE)
Se implementará de forma gradual junto con el nuevo Régimen del Servicio Civil.
El Poder Ejecutivo publicó ayer la ley aprobada por el Congreso que establece la eliminación progresiva del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, y que otorga derechos laborales a los trabajadores adscritos a ese sistema.
La norma, cuyo texto figura en el diario oficial El Peruano, señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Para tal efecto, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
La ley otorga diversos derechos laborales a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS como el del pago por aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad, paternidad y otras licencias fijadas por ley, entre otros derechos.
La norma también señala que el acceso al régimen CAS se realiza obligatoriamente mediante concurso público; y que las entidades contratantes están obligadas a emitir boletas de pago a estos trabajadores.
Además, dispone que en el plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la vigencia de esta ley, se aprobarán las disposiciones complementarias.
Concurso público
Por su parte el experto en temas laborales, Ricardo Herrera, destacó que el traspaso de los trabajadores CAS a la planilla del Estado será mediante concurso público y lo realizará cada entidad pública en base a una pauta que establezca la ley del Régimen del Servicio Civil.
"El concurso público se llevará a cabo a partir de enero del próximo año y lo realizará cada entidad pública que ofrezca plaza de vacantes en función a un porcentaje de plazas que tiene la entidad y estableciendo la ley de presupuesto", refirió.
Herrera comentó que el objetivo del nuevo Régimen de Servicio Civil debería agrupar a todos los trabajadores administrativos del Estado y así eliminar la distorsión que actualmente existe en el Estado, donde hay más de 30 regímenes en simultáneo que deberían ser agrupados, a excepción de profesionales de la salud, militares, policías, profesores del magisterio que tienen regímenes especiales.
Respecto a los trabajadores CAS que cuentan con una contratación mayor de 3 años señaló que no recibirán ningún tipo de certificado ni bonificación de puntaje.
"El proyecto de ley del Ejecutivo original si contemplaba darles algún tipo de bonificación, otorgarles un puntaje adicional en el concurso público de méritos a los trabajadores CAS y vayan con una aventaja respecto al resto; sin embargo la ley aprobada no dice nada de eso, entonces el trabajador CAS deberá concursar en igualdad de condiciones con cualquier ciudadano que quiera presentarse al concurso público", anotó.
El dato
El régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) se creó en 2008 para ordenar los contratos de servicios no personales.
• LEY Nº 29849 - Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (CAS)
EDUCACIONENRED.PE
La norma, cuyo texto figura en las normas legales del diario oficial El Peruano, señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Para tal efecto, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
La ley otorga diversos derechos laborales a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS como el del pago por aguinaldo por fiestas patrias y navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad, paternidad y otras licencias fijadas por ley, entre otros derechos.
La norma también señala que el acceso al régimen CAS se realiza obligatoriamente mediante concurso público; y que las entidades contratantes están obligadas a emitir boletas de pago a estos trabajadores.
Además, dispone que en el plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la vigencia de esta ley, se aprobarán las disposiciones complementarias.
La presente ley es refrendada por el presidente Ollanta Humala Tasso y el jefe del Gabinete, Óscar Valdés Dancuart.
También por el presidente del Congreso, Daniel Abugattás, y su primer vicepresidente, Manuel Merino de Lama.
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LA PRENSA INFORMA:
ELIMINACIÓN CAS - CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS
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• El Ejecutivo oficializó la ley de eliminación progresiva del régimen CAS (ELCOMERCIO.PE)
La norma otorga derechos laborales a los trabajadores de dicho régimen como vacaciones y el aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad
El Gobierno oficializó la ley aprobada por el Congreso que establece la eliminación progresiva del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, la misma que otorga derechos laborales a los trabajadores de ese sistema.
La norma, publicada hoy en "El Peruano", señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Así, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
LOS BENEFICIOS
La ley otorga derechos laborales a los trabajadores del CAS como el aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, a percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad y paternidad, entre otros derechos.
• Gobierno oficializa ley que elimina progresivamente CAS (LAREPUBLICA.PE)
Será reemplazado por la implementación del nuevo régimen de servicio civil.
El Poder Ejecutivo oficializó el viernes 06 de abril la ley que elimina progresivamente el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, y que otorga derechos laborales a los trabajadores adscritos a ese sistema.
Según la norma, publicada en el diario oficial El Peruano, la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
En ese sentido, se establecerán en las leyes anuales de presupuesto del sector público los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
Como se recuerda, a mediados de marzo, el Congreso de la República aprobó la referida ley, lo que ha concitado críticas por parte de algunos legisladores y agrupaciones sindicales tales como la CGTP y la CTP.
Entre los beneficios laborales que se otorgarán a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS se encuentra el pago por aguinaldo de fiestas patrias y navidad, vacaciones por 30 días y libertad sindical.
• Ya es oficial eliminación del régimen CAS (DIARIO16.COM.PE)
Contra todo pronóstico, el Gobierno oficializó la ley de eliminación progresiva del régimen de Contrato de Administración de Servicios (CAS), que se iniciará en el 2013. El presidente Ollanta Humala formalizó los derechos laborales de los 180 mil trabajadores que actualmente se encuentran laborando bajo este régimen.
Pese a los cuestionamientos y pedidos de algunos congresistas, el Jefe de Estado optó por promulgar el proyecto aprobado el pasado 15 de marzo en el pleno del Congreso. Mediante la Ley Nº29849 el Ejecutivo resolvió que a partir del próximo año se dará inicio a la eliminación gradual del Decreto Legislativo 1057, también conocido como CAS.
La norma, publicada en el diario oficial 'El Peruano', comunica la creación del nuevo Régimen del Servicio Civil, el mismo que estará sujeto a las leyes anuales de presupuesto del sector público.
No obstante, la Ley precisa que el CAS no está considerado dentro de los "servicios personales" por lo que no se encuentra sujeta a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa ni al régimen laboral de la actividad privada.
BENEFICIOS
Tras la promulgación de la Ley, los trabajadores CAS podrán gozar de los siguientes beneficios: recibirán una remuneración no menor al sueldo mínimo legalmente establecido (S/. 675), y solo trabajarán 8 horas diarias, además de tener derecho a 24 horas de descanso como mínimo. En el caso de maternidad y paternidad, recibirán licencia con goce de haber.
Asimismo, tendrán aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, según los montos establecidos en la Ley de presupuesto del sector público, y tendrán derecho a 30 días de vacaciones remuneradas.
En cuanto a los seguros sociales, la norma señala que los empleados podrán gozar de los derechos que establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, serán afiliados al régimen contributivo que administra EsSalud y tendrán opción de escoger entre un régimen pensionario ya sea público o privado.
Asimismo, se les ha atribuido la libertad de formar sindicatos, que deberá estar ejercitada conforme a las normas y reglamentos del Estado.
CONCURSO PÚBLICO
Entre las disposiciones de la norma se indica que el acceso al régimen CAS se realizará obligatoriamente mediante concurso público. Esta fue una de las disposiciones objetadas por algunos congresistas que, sin embargo, ha sido aprobada por el Gobierno.
Según señala la Ley, la convocatoria se realizará a través del portal institucional de la entidad convocante, de igual manera en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y en el Portal del Estado, a fin de cautelar la transparencia en el proceso de selección.
MODIFICACIONES
Si bien el trabajador CAS podía ser despedido en cualquier momento por la entidad contratante, mediante la citada norma se detalla que a partir de la fecha el contrato solo podrá extinguirse tras el fallecimiento del empleado; por renuncia o acuerdo mutuo; inhabilitación administrativa, judicial o política por más de tres meses o por el vencimiento del plazo del contrato.
Entre otros cambios se observa que a partir de la promulgación las entidades están en la obligación de emitir boletas de pago a los trabajadores CAS.
• Gobierno oficializa ley de eliminación progresiva del régimen CAS (EXPRESO.COM.PE)
Se implementará de forma gradual junto con el nuevo Régimen del Servicio Civil.
El Poder Ejecutivo publicó ayer la ley aprobada por el Congreso que establece la eliminación progresiva del régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) a partir del año 2013, y que otorga derechos laborales a los trabajadores adscritos a ese sistema.
La norma, cuyo texto figura en el diario oficial El Peruano, señala que la derogación del Decreto Legislativo 1057, que regula el régimen CAS, se producirá de forma gradual con la implementación del nuevo Régimen del Servicio Civil.
Para tal efecto, en las leyes anuales de presupuesto del sector público se establecerán los porcentajes de ingreso para el nuevo régimen de servicio civil.
La ley otorga diversos derechos laborales a los trabajadores pertenecientes al sistema CAS como el del pago por aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, el derecho a un periodo vacacional de treinta días y a la libertad sindical.
Además, percibir una remuneración no menor a la mínima legal, laborar en una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta y ocho semanales, un descanso semanal de 24 horas consecutivas como mínimo, licencia con goce de haber por maternidad, paternidad y otras licencias fijadas por ley, entre otros derechos.
La norma también señala que el acceso al régimen CAS se realiza obligatoriamente mediante concurso público; y que las entidades contratantes están obligadas a emitir boletas de pago a estos trabajadores.
Además, dispone que en el plazo de 60 días hábiles, contados a partir de la vigencia de esta ley, se aprobarán las disposiciones complementarias.
Concurso público
Por su parte el experto en temas laborales, Ricardo Herrera, destacó que el traspaso de los trabajadores CAS a la planilla del Estado será mediante concurso público y lo realizará cada entidad pública en base a una pauta que establezca la ley del Régimen del Servicio Civil.
"El concurso público se llevará a cabo a partir de enero del próximo año y lo realizará cada entidad pública que ofrezca plaza de vacantes en función a un porcentaje de plazas que tiene la entidad y estableciendo la ley de presupuesto", refirió.
Herrera comentó que el objetivo del nuevo Régimen de Servicio Civil debería agrupar a todos los trabajadores administrativos del Estado y así eliminar la distorsión que actualmente existe en el Estado, donde hay más de 30 regímenes en simultáneo que deberían ser agrupados, a excepción de profesionales de la salud, militares, policías, profesores del magisterio que tienen regímenes especiales.
Respecto a los trabajadores CAS que cuentan con una contratación mayor de 3 años señaló que no recibirán ningún tipo de certificado ni bonificación de puntaje.
"El proyecto de ley del Ejecutivo original si contemplaba darles algún tipo de bonificación, otorgarles un puntaje adicional en el concurso público de méritos a los trabajadores CAS y vayan con una aventaja respecto al resto; sin embargo la ley aprobada no dice nada de eso, entonces el trabajador CAS deberá concursar en igualdad de condiciones con cualquier ciudadano que quiera presentarse al concurso público", anotó.
El dato
El régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) se creó en 2008 para ordenar los contratos de servicios no personales.
• LEY Nº 29849 - Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales (CAS)
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angela conto tito
09:11 | 4-11-2015 | IP: 190.237.115.229pa todo los trabajadores de la ley 29849 D.L. 1057 que MINISTERIO DE SALUD Y EsSALUSD CONVOQUE A UN CONCURSO INTERNO
angela conto tito
08:53 | 4-11-2015 | IP: 190.237.115.229concurso interno para MINSA Y EsSALUD, para todos los trabajadores de la ley 29849 D.L.1057
JOSUE MARIA DIAZ
10:32 | 2-01-2013 | IP: 190.116.41.26ES UN CAMBIO POSITIVO, NADA MAS.
alonso
10:28 | 2-01-2013 | IP: 190.116.41.26TODOS SON GILIPOLLAS
miguel
07:34 | 4-09-2012 | IP: 190.223.47.214ME PARECE BIEN LA ELIMINACION DEL CAS PERO LO MAS RESALTANTE ES QUE LAS PERSONES LOGREN ESTABILIDAD LABORAL PORQUE NO ES JUSTO QUE UNO ESTUDIE AÑOS Y QUE LAS INSTITUCIONES TE DESPIDAN CUANDO FINALICE TU CONTRATO Y TE QUEDAS EN LA CALLE UNA Y OTRA VEZ, ADEMAS SE DEBE REGULA REL HECHO DE TRABAJAR COMO MAXIMO 48 HORAS SEMANALES YA QUE TODOS LOS EMPLEADORES ABUSAN DE ESO Y TE HACEN TRABAJAR LO MAXIMO Q ES 48 HORAS SEMANALES Y PORQUE NO 42 O 36 DE ACUERDO A LAS LEYES EN SALUD.
germania villalba
15:48 | 30-08-2012 | IP: 181.64.172.165Es interesante saber sobre el CAS mas aun cuando uno trabaja en esa modalidad
Navarro Saavedra Francisc
16:31 | 26-06-2012 | IP: 190.239.211.213A mi parecer este regimen del Cas debera ya ser con estabilidad laboral por que digo esto porque hay personas que eatan laborando ya hece años y de ellos como va ser su situacion eso es la interrogante que me hago. Saludos Region San martin tara *
cesa
12:05 | 16-06-2012 | IP: 190.237.197.151Hola me parece bien sobre el cas que tenga derechos pero tambien no estan incluyendo a las personas que hemos sido reincorporadas por despido arbitraria que tenemos mas de 5 años de e xperiencua y que nos mantiene con el mismo sueldo y inferior que un tecnico.
Me parece poco dabla que en la SUNAT que es una organismo que saco la linea de carrera administrativa nos incluya por ser reincorporados, y nos nos deje escalar en forma paulatina.
oscar torres
10:56 | 15-06-2012 | IP: 190.233.112.177acabo de renovar contrato en essalud pero nos hicieron firmar solo por 2 meses argumentando que firmariamos en agosto hasta fines del 2012 con los nuevos derechos es decir que en Essalud no nos daran gratificacion en julio.
mientras que en otras entidades si.
Jorge Zeballos
18:23 | 7-06-2012 | IP: 190.42.93.85Por más que busqué en internet, no pude encontrar el reglamento de la ley 29849 que elimina el CAS. Según la misma ley, dicho reglamento debió darse a más tardar el 06 de junio de 2012, 60 días a partir de la publicación de la ley en el Peruano; ¿dónde está?, ¿alguien sabe?. Por favor, lo pregunto porque los empleadores se están atrincherando en el reglamento para evitar dar los minús * s derechos otorgados por esta ley.
DANNY
11:03 | 28-05-2012 | IP: 190.40.36.147LA LEY DICE Q SE GOZARA DE 30 DIAS DE VACACIONES PERO NO ENTIENDO SI EN EL 2012? O POR EL AÑO 2012? QUE SE GOZARIAN APARTIR DEL 2013
LES AGRADECERE ACLAREN ESA CONSULTA
Rey Misterio
21:49 | 15-05-2012 | IP: 200.110.29.190EN CADA CAMBIO DE MINISTROS DE LA PRODUCCION CAMBIAN DE DIRECTOR EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO. Y CADA MANDATARIO QUE LLEGA A LA INSTITUCION LLEGAN CON SUS EMBARADOS Y LOS METE EN UN PUESTO CON UN SUELDO MUCHO MAYOR QUE LOS ANTIGUOS, Y ASI SIEMPRE ES LO MISMO LLEGAN Y LLEGAN MAS. LO PEOR ES QUE INVENTAN O CREAN CARGOS QUE ESTAN POR GUSTO. PUES LOS ANTERIORES QUE LLEGARON DE ACESOR AHORA ESTAN ACARGO DE UNA AREA ASI ES CADA MANDATARIO DEJA A SUS ALLEGADOS EN UN PUESTO
remon
15:40 | 9-04-2012 | IP: 190.233.141.81FLAGELO, el peru es un pais sin nociones ni orientaciones en su regimen laboral,son tantas cosas tuyas y mias del sector trabajador, como el gobernante,como el estado y sus leyes son los primeros en frustrar todo los derechos de un trabajador, entonces como es que hacen leyes laborales sin ningun fundamento, haciendo perder el valor humano,la necesidad de trabajador haciendolo frustar de el y de su familia, la esperanza de un niño que su madre y padre trabajen para proteger el ser humano de futu
hilda
12:59 | 9-04-2012 | IP: 190.239.22.34COnsulta con respecto al CAS, si un trabajador ha venido trabajando para una entidad dele satdo 15 años con una remuneración mensual de 550.00 y a partir del mes de dicembre 2011 concursa en la misma entidad para mejoras de remuneración, perdio continuidad ? ingresa como nuevo
JAVIER
09:32 | 9-04-2012 | IP: 190.42.208.232concurso publico con veedores que no se vendan por un plato de lentejas tal como se h avenido acostumbrando por muchOs años. T R A N S P A R I E N C IA SEÑOR HUMALA