RESOLUCIÓN Nº 0622-2013-ANR - Designan Comisión de Intervención con atribuciones de reorganización para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios - www.anr.edu.pe
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES - ANR
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Designan Comisión de Intervención con atribuciones de reorganización para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios
COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0622-2013-ANR
Lima, 24 de abril de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
VISTOS:
Los acuerdos de Pleno de Rectores reunidos en sesión ordinaria en fecha 20 de marzo de 2013; y en sesión extraordinaria en fecha 22 de abril del 2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Asamblea Nacional de Rectores, como ente rector del sistema universitario del país y en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por finalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria;
Que, mediante Ley N° 27297 del 05.07.2000 se creó la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, y con Resolución N° 060-2001-CONAFU se autorizó su funcionamiento provisional. Con Resolución N° 626-2009-CONAFU del 27.11.2009 se le otorgó autorización definitiva de funcionamiento, con Resolución N° 597-2009-CONAFU del 24.11.2009 se encargó el rectorado de la Universidad por dos años del 27.11.2009 al 27.11.2011; sin embargo con Resolución N° 001-2010-AU del 02.02.2010 se extendió dicha encargatura a cinco años y la de los decanos a tres años;
Que, ante estos problemas mediante Resolución Nº 0385-2010-ANR, de fecha 21 de abril de 2010, se designa una Comisión para verificación en la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a fin de que tomen conocimiento de la legalidad del proceso de organización, elección de Rector, conformación de órganos de gobierno y el Estatuto;
Que, esta Comisión presentó informe precisando que la universidad solo contaba con 55 docentes nombrados de los cuales se tenía: 02 principales, 15 asociados y 22 auxiliares a dedicación exclusiva; 12 auxiliares a tiempo completo, 03 auxiliares a tiempo parcial y 02 Jefes de Práctica uno a dedicación exclusiva y otro a tiempo parcial; lo que evidencia que cuando el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) dio la resolución de autorización de funcionamiento definitiva la universidad no había quedado realmente institucionalizada ya que no contaban con el número suficiente de profesores principales para cubrir los cargos de Gobierno ni para constituir legalmente los órganos de gobierno;
Que, por otro lado, con expedientes N° 149660, 104-05-11 y 105-05-11 de fecha 11.05.2011, el Tercio Estudiantil y el representante del Centro Federado denuncian sobre irregularidades en la Universidad y con expediente N° 149583 del 11.05.2011 miembros de la Asamblea Universitaria y el Secretario General solicitan se declare en situación de ingobernabilidad y se designe una Comisión de Orden y Gestión;
Que, ante la toma de locales universitarios y la imposibilidad de instalar una Comisión de Implementación por la agudización del conflicto, mediante Resolución N° 0678-2011-ANR del 16.06.2011 se designó una Comisión de Orden y Gestión con cese de autoridades a fin de que logre la conformaqción legal de la Universidad;
Que, la Comisión de Orden y Gestión dentro de sus atribuciones implementó un concurso de Ratificación y Promoción de Docentes desarrollado por una Comisión Externa Evaluadora nombrada por Resolución N° 1171-2011-ANR a fin de promover el ascenso en la plana de docentes de la Universidad, así como en Concurso Público Nacional para Nombramiento de Profesores Principales 2011 que concluyó en el mes de diciembre de dicho año, además se realizó un Concurso Público de Plazas Docentes para Nombramiento de Docentes Auxiliares 2012; todo lo cual, tuvo por objeto cubrir cargos jerárquicos e integrar adecuadamente los órganos de gobierno como son Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector, Vicerrectores, Consejos de Facultad y Decanos. Designándose con Resolución N° 0572-2012-ANR del 29.05.2012 un Comité Electoral Externo que llevó a cabo los procesos electorales para constituir los órganos de gobierno y alcanzar la autonomía plena de la universidad;
Que, el 03 de agosto del 2012 la Asamblea Universitaria legalmente conformada eligió y proclamó como Rector al Ph.D. Percy Amilcar Zevallos Pollito y Vicerrector Académico el Dr. Miguel Peralta Rosario; quedando vacante el cargo de Vicerrector Administrativo; expidiendo la Comisión de Orden y Gestión la Resolución N° Nº 268-2012-UNAMAD-COYG de fecha 03.08.2012, que nombró como rector de la Universidad a partir del 06.08.2012 al 05.05.2017 al Ph.D. Percy Amílcar Zevallos Pollito;
Que, sin embargo con fecha 17.12.2012 el rector de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, Ph.D. Percy Zevallos Pollito mediante Oficio Nº 412-2012-UNAMAD-R informó sobre la autoconvocatoria y realización con su ausencia de la Asamblea Universitaria presidida por el señor Nicolás Peralta Rosario, vicerrector académico realizada el día 17.12.2012;
Que, mediante Oficio Nº 004-2013-UNAMADVRAC de fecha 03.01.2013 el vicerrector académico de la Universidad remitió la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 001-2013-AU que en su Art. 2º declara la nulidad de oficio y deja sin efecto la Resolución de la Comisión de Orden y Gestión Nº 268-2012-UNAMADCOYG de fecha 03.08.2012, que nombró como rector de la Universidad a partir del 06.08.2012 al 05.05.2017 al Ph.D. Percy Amílcar Zevallos Pollito; y además en su Art. 3º de la citada Resolución del Vicerrectorado Académico, se encarga el rectorado al vicerrector académico Dr. Miguel Peralta Rosario;
Que, la Secretaría Ejecutiva de la ANR mediante Oficio Múltiple Nº 001-2012-SE-ANR de fecha 07.01.2013 se dirige al rector, vicerrector académico y secretario general de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios comunicando que a fin de conservar la legalidad y legitimidad en los actos de gobierno de la Universidad, se ha dispuesto la conformación de una Comisión de Rectores dentro de lo previsto de la Ley Nº 26490 ampliada por Ley Nº 26602, para que visite Madre de Dios y logre un entendimiento entre las autoridades en conflicto y la comunidad universitaria;
Que, con este motivo mediante Resolución Nº 004-2013-ANR de fecha 04.01.2013 se designó la Comisión de Rectores para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios integrada por el Rector de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle-presidente; Rector de la Universidad Nacional San Agustín y el Rector de la Universidad Científica del Perú;
Que, dicha Comisión de Rectores con fecha 09.01.2013 logró la aprobación del Acta de Conciliación y Gobernabilidad suscrita por el rector y vicerrector académico, a fin de mantener la autonomía universitaria y garantizar la estabilidad de la Universidad, la que tuvo ocho acuerdos; entre los cuales se contempla solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores la designación de una Comisión de Seguimiento; por lo que, mediante Resolución N° 0111-2013-ANR de 25.01.2013 se designó una Comisión de Seguimiento;
Que, no obstante la suscripción del Acta de Conciliación y Gobernabilidad, continuaron los problemas de gobierno, administrativos y académicos, originados por las autoridades de la UNAMAD, las que han sido de conocimiento público; en toda la región. Además de las denuncias mutuas sobre presuntas irregularidades;
Que, por acuerdo del Pleno de Rectores reunido en sesión ordinaria de fecha 20.03.2013 mediante Resolución N° 0496-2013-ANR del 27.03.2013, se designó una Comisión Informante con la finalidad de informar sobre el proceso situacional de la UNAMAD integrada por los señores Rectores de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, Universidad Científica del Sur y de la Universidad Señor de Sipán;
Que, con fecha 22.04.2013 la Comisión Informante presentó su informe de la visita a la universidad, realizada los días 03 y 04 de abril del presente año, señalando que la problemática de la UNAMAD se da por la situación de conflicto entre los dos grupos de docentes y estudiantes, las que se han agudizado después del mes de enero del presente año; y que además las autoridades, los profesores y estudiantes dieron a conocer sus posiciones solicitando dar una solución definitiva sobre la situación de conflicto que vive la universidad por las desavenencias entre los grupos de docentes, por otra parte los estudiantes señalan que sólo una intervención podría solucionar el problema dejando de lado a los protagonistas del conflicto pero que cualquier medida sea sin perjudicar las clases universitarias; asimismo, un grupo de Decanos que antes apoyaron la actual gestión coincidieron en solicitar la intervención mediante una Comisión Reorganizadora;
Que, además esta Comisión precisa que se ha agudizado el conflicto debido a que los órganos de gobierno no funcionan desde enero del 2013 afectando gravemente la gobernabilidad institucional y que los acuerdos suscritos por el rector y vicerrector académico en el Acta de Conciliación y Gobernabilidad no se han cumplido, por el contrario el conflicto se ha agudizado sobre todo por la realización de un concurso de cátedra para nombramiento que según los denunciantes habría sido convocado sin acuerdo del Consejo Universitario;
Que, integrantes del Consejo Universitario, autoridades y estudiantes mediante memorial de fecha 19.04.2013 solicitaron la designación de una Comisión Reorganizadora para la Universidad como medida que permita revertir la situación de caos y desgobierno imperante, en la universidad;
Que, además el conflicto se ha agudizado a nivel de órganos de gobierno en la medida que las autoridades, rector y vicerrector académico se han hecho mutuamente denuncias ante el Ministerio Público, surgiendo un clima de intolerancia que no garantiza el normal funcionamiento de la universidad, existiendo además denuncias de agresión física entre las autoridades;
Que, mediante Oficio N° 202-2013-GOREMAD-CR/SCR del 03.04.2013 el Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios remitió el Acuerdo Regional N° 022-2013-RMDD/CR que en su Artículo 2° insta a la Asamblea Nacional de Rectores dar solución al conflicto surgido al interior de la UNAMAD, a través de una Comisión de Orden y Gestión en atención al desgobierno que se viene viviendo al interior de la Universidad;
Que, habiendo sido informado de los considerandos precedentes el Pleno de Rectores reunido en sesión extraordinaria de fecha 22 de abril de 2013, acordó la designación de una Comisión Reorganizadora, en aplicación a las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, sobre intervención de universidades públicas y privadas; Estando a lo acordado;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar en conflicto de gobernabilidad a la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios en aplicación de las Leyes Nºs. 27602 y 26490.
Artículo 2º.- Designar una Comisión de Intervención con atribuciones de reorganización para la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, con el cese de autoridades, encargada de finalizar el proceso de institucionalización y que garantice el normal funcionamiento de los órganos de gobierno por el plazo de dos años; Comisión integrada por:
1. Dr. Milthon Honorio Muñoz Berrocal, presidente Ex rector de la Universidad Nacional Agraria de la Selva
2. Dra. Ela Leila Estrada Oré, vicepresidente académico Ex Decana de la Facultad de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional Agraria La Molina
3. Dr. Manuel Israel Hernández García, vicepresidente administrativo Ex Decano de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga
'Artículo 3º.- Establecer que la Comisión Intervención de la UNAMAD, presentará su Plan de Trabajo para la institucionalización y un informe Trimestral, a fin de lograr la real institucionalización y gobernabilidad adecuada de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios. Dentro del proceso de intervención hará las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria. El Presidente hará las veces de Rector, el primer vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo vicepresidente de Vicerrector Administrativo, ejercerán sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria N° 23733, Leyes N° 26490 y N° 27602.
Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores
[El Peruano: 03/05/2013]
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Antonio López
22:32 | 10-05-2013 | IP: 190.42.158.150Para quienes no lo saben, aquel señor que funge de presidente de la comisión reorganizadora en UNAMAD...hizo un mamarracho de gestíon en la UNAS, procediendo a ascender de categoria a personas sin requisitos.habiendome robado mi ascenso por cuatro años. Estaba denunciado en el CODACUN, pero mas puede la intolerancia, desconocieron mi caso devolvieron el expediente a la UNAS, para habilitarlo como JUSTICIERO. Espero que pronto el poder judicial me de la razón, YA VERAN LO QUE ME TOCA HACER !