Tribunal Constitucional se pronuncia sobre rechazo a demanda Ley de Reforma Magisterial - www.tc.gob.pe
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TC ACLARA SOBRE EMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS CON RELACIÓN A LA LEY 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL: Ante las recientes publicaciones de diferentes medios de comunicación sobre el rechazo de la demanda interpuesta por más de cinco mil ciudadanos, representados por doña María Atoche Vilca, contra algunos artículos de la Ley 29944, de Reforma Magisterial, el Tribunal Constitucional cumple con informar lo siguiente:
1. Que la Ley 29944, de Reforma Magisterial, ha sido objeto de diversas demandas de inconstitucionalidad.
2. Que una de ellas, la promovida por más de cinco mil ciudadanos, representados por doña María Atoche Vilca, ha sido declarada improcedente (Exp. 017-2013-PI/TC), básicamente debido a la falta de precisión, por parte de los demandantes, de los artículos impugnados y los fundamentos que justificaban su pretensión, esto es, por un asunto de forma.
3. Que una segunda, presentada por el Colegio de Profesores del Perú, ha sido declarada improcedente e infundada (Exp. 019-2012-PI/TC), concluyendo que no era necesario que el postulante a la Carrera Pública Magisterial esté colegiado para postular a ella, como en su momento se hizo de conocimiento de la colectividad.
4. Que está pendiente que este Tribunal Constitucional emita pronunciamiento sobre el fondo del asunto –a excepción de la causa referida en el punto anterior– en las seis demandas de inconstitucionalidad interpuestas sobre la materia, contenidas en los Expedientes Nº 020-2012-PI/TC, 021-2012-PI/TC, 008-2013- PI/TC, 009-2013-PI/TC, 010-2013-PI/TC y 013-2013- PI/TC, el mismo que se dictará oportunamente.
• RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. Nº 0012-2013-PI/TC - Declaran improcedente demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra diversos artículos y disposiciones de la Ley Nº 29944, de la Reforma Magisterial - LRM - MINEDU - www.tc.gob.pe
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1. Que la Ley 29944, de Reforma Magisterial, ha sido objeto de diversas demandas de inconstitucionalidad.
2. Que una de ellas, la promovida por más de cinco mil ciudadanos, representados por doña María Atoche Vilca, ha sido declarada improcedente (Exp. 017-2013-PI/TC), básicamente debido a la falta de precisión, por parte de los demandantes, de los artículos impugnados y los fundamentos que justificaban su pretensión, esto es, por un asunto de forma.
3. Que una segunda, presentada por el Colegio de Profesores del Perú, ha sido declarada improcedente e infundada (Exp. 019-2012-PI/TC), concluyendo que no era necesario que el postulante a la Carrera Pública Magisterial esté colegiado para postular a ella, como en su momento se hizo de conocimiento de la colectividad.
4. Que está pendiente que este Tribunal Constitucional emita pronunciamiento sobre el fondo del asunto –a excepción de la causa referida en el punto anterior– en las seis demandas de inconstitucionalidad interpuestas sobre la materia, contenidas en los Expedientes Nº 020-2012-PI/TC, 021-2012-PI/TC, 008-2013- PI/TC, 009-2013-PI/TC, 010-2013-PI/TC y 013-2013- PI/TC, el mismo que se dictará oportunamente.
• RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP. Nº 0012-2013-PI/TC - Declaran improcedente demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra diversos artículos y disposiciones de la Ley Nº 29944, de la Reforma Magisterial - LRM - MINEDU - www.tc.gob.pe
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Edy Augusto Juanito Miran
18:06 | 15-01-2015 | IP: 190.234.105.227Es inaudito que en la aplicación de la nueva carrera publica magisterial a un docente nombrado con mas de 29 años teniendo una edad de 65 años, este docente con titulo de licenciado en educación y otras carreras perciba un sueldo de misero de 500.67 nuevos soles ¿de que dignidad se habla tanto? en mi entender que la nueva carrera publica magisterial es un engaña muchachos ya que este atraso de la educación en el Peru la tiene el Ministerio de Educación ya que de ella enviaba la curr
ADMINJUSTICIA
02:04 | 15-09-2014 | IP: 95.130.9.190A VER SEÑORES POR FAVOR LOS COMENTARIOS FUERA DEL TEMA QUE SEAN ELIMINADOS O BLOQUEADOS OK. YO POR MI PARTE NO COMPRENDO COMO PUEDEN HABER DOS COLEGIOS DE PROFESORES. Y QUE DIGAN UNA COSA DEL OTRO. POR FAVOR. EN QUE SITUACION ESTAMOS. OSEA QUE UN DOCENTE TIENE QUE TENER DOS COLEGIATURAS, DOS CARNETS DISTINTOS. Y ENCIMA ABONAR A LOS DOS COLEGIOS PELIADOS. PERO COMO SE LLAMA ESTO. QUE VERGUENZA, QUE PESIMO SE VE ESA SITUACION. POR FAVOR HABLEN DEL TEMA Y NO DE OTRA COSA OK. GRACIAS SEÑORES.
mary sanchez
22:40 | 12-09-2014 | IP: 188.138.1.229asi es y por eso quiero transmitirles mi triste experiencia, soy una chica joven q se matri * en edutools peru de luis pecho rivera, quien me estafo porque nunca aprendimos nada, todo lo q prometio en sus volantes que reparte x todo lima es falso, este hacker robaba cuentas de otros usuarios, tiene una investigacion muy seria por parte d el comercio, espero haberles ayudado a saber un poco mas d las esfatas q hay en el peru amigos..
elisban
12:03 | 17-05-2014 | IP: 190.239.159.78SIEMPRE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTA AL SERVICIO DEL GOBIERNO DE TURNO Y CLASES DE PODER ECONOMICO, CUANDO SE RECURRE A TRIBUNAL INTERNACIONAL RESULTA AL INVERSO, COMO JUSTIFICA SU TRABAJO LOS INTEGRANTES DE TC.
Jaime Villamonte Osorio
16:34 | 19-04-2014 | IP: 190.43.2.252No hay derecho señores del T.C., en un estado de derecho todos los ciudadanos e instituciones merecemos que nos sean escuchados y tratados dentro dela Constitución y las leyes, aplicándolos conforme a ley y no favoreciendo a la casta política que año tras año nos gobierna.
Carlin Alegria Sanchez
19:44 | 18-04-2014 | IP: 141.0.9.59Hasta cuando señores del TC, nos darán la razón de que nuestrps derechos constditucionales sea vulnerados y toda accion de ampaaro sea declarado nula, n,o saben decir mas que nuestros derechos no tienen validez, pero cuando presentan los * s acción de ampara ahi si todos los rapiñas del PJ. aprueban inclusive estando en huelga, que sinverguenzas. Si sus papa panzon Alan Garcia, todos declaran que estan mansillando sus derechos, donde estamos señores del TC?
Julio Jara
18:14 | 18-04-2014 | IP: 181.65.59.218¿Colegio de Profesores?
Cuál de los 2...el de Patria Roja o el que ganó las elecciones.
Un chiste es este "Colegio" de 2 cañones y doble moral.
Juan Campos
14:09 | 18-04-2014 | IP: 190.236.203.139Con todo respeto, para qué hacen una demanda los dirigentes del Colegio de Profesores? Para lucrar cobrando por extender una constancia? Por Favor. Todos quieren esquilmar lo poco que tenemos. ¿Hacen algo por el Magisterio Nacional estos señores? Gracias por su respuesta Sres. del Colegio.
EVDANYER DOMINGUEZ CALLE
10:51 | 18-04-2014 | IP: 190.118.128.164Toda la ley de Reforma Magisterial es Inconstitucional de principio a fin se dio y se aplicó anulando de una manera arbitraria, leyes existentes como la ley 24029 y su modificatoria 25212 y la ley de la carrera pública magisterial, como en cualquier gobierno defacto, eso debe evaluar el Tribunal Constitucional de no hacerlo demuestra que está actuando servilmente a este gobierno de turno.
ALPHI
07:32 | 18-04-2014 | IP: 200.106.43.7ESTA CLARO LA RAZÓN DE POR QUE LOS CONGRESISTAS SE PELEAN A RABIAR PUGNANDO POR COLOCAR A SUS FAVORITOS EN EL TC. AL ESTILO APRISTA... HASTA CUANDO ESE ARTICULADO VIVIRÁ EN LA CONSTITUCIÓN PARA QUE ESTA POLÍTICA SIGA SIENDO ASÍ... RENEGAMOS DE FUJIMORI PERO LOS POLÍTICOS QUE BIEN VIVEN BAJO EL AMPARO DE ESTA CARTA INMAGNA DEL 93... QUE PREGONAN CAMBIARLA PERO CUANDO LLEGAN AL PODER..ALGO PASA QUE SE CONVIERTEN EN CAPITALISTAS NEO-LIBERALES Y AUTORITARIOS CACHACOS SIN HABER GANADO ALGUNA GUERRA
david velasquez velasquez
07:08 | 18-04-2014 | IP: 181.64.176.163FRANCAMENTE UN ESCÁNDALO LO DEL TC.PARA ELLOS TODO ES INFUNDADO ...EN ICA DECLARARON IMPROCEDENTE NUESTRO RECURSO DE AMPARO A LA PLAZAS ORGÁNICAS DE DIRECTOR...BASÁNDOSE EN PRONUNCIAMIENTO DEL TC DE LIMA...SIMVERGUENZAS..¿Y EL ESTADO DE DERECHO?¿Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA?SOLO SIRVEN PARA APAÑAR LA CORRUPCIÓN...NUESTRA GENTE YA NO CREE EN EL PODER JUDICIAL..Y EL CABECILLA SAN MARTÍN...POR FAVOR QUE SE VAYA CON TODOS LOS APRISTAS QUE ESTÁN ENQUISTADOS PARA SALVAR AL GRAN CORRUPTO ALAN GARCÍA...