Oficializan la «Guía de autoevaluación de la Gestión Educativa de los Centros de Educación Técnico Productiva» aprobada mediante Acuerdo Nº 297-2011-IPEBA
RESOLUCIÓN Nº 012-2012-SINEACE/P
Lima, 6 de febrero de 2012
VISTO:
EI Oficio Nº 092-2011-IPEBA de 21 de octubre del 2011, que remite el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28740, a través de su artículo 5° establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;
Que, el artículo 44° de la Ley N° 29158 «Ley Orgánica del Poder Ejecutivo», concordante con lo dispuesto en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad técnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ámbito del sistema;
siendo, además, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la función de articulador del funcionamiento de sus órganos operadores, asignada de manera expresa por el artículo 6°, inciso c, de la Ley del SINEACE;
Que, el artículo 27° del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica - IPEBA tiene como función determinar los estándares e indicadores que deben cumplir las instituciones de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, así como promover su evaluación con el fin de mejorar la gestión pedagógica e institucional.
Que, mediante Acuerdo Nº 297-2011-IPEBA, Sesión N° 97/DIRECTORIO-IPEBA de 19 de octubre del 2011, el Directorio del IPEBA aprueba la «Guía de autoevaluación de la Gestión Educativa de los Centros de Educación Técnico Productiva»;
Que, mediante Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, de la Sesión N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratificación de los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a fin de formalizarlos mediante resolución administrativa de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se estableció que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe de la Secretaría Técnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior;
Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, el Consejo Superior del SINEACE, a través del Acuerdo N° 033-2011-SINEACE, sancionado en su Sesión Nº 28 de 24 de octubre del 2011, acordó ratificar el Acuerdo de Directorio del IPEBA Nº 297-2011-IPEBA;
Que, en Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta de Directorio del IPEBA;
De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe N° 022-2011-ST/SINEACE.
SE RESUELVE
Artículo 1°.- Oficializar la «Guía de autoevaluación de la Gestión Educativa de los Centros de Educación Técnico Productiva» aprobada por el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica mediante Acuerdo Nº 297-2011-IPEBA, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- Publicar la «Guía de autoevaluación de la Gestión Educativa de los Centros de Educación Técnico Productiva» aprobada, en el portal institucional del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica: http://www.ipeba.gob.pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3°.- Encargar al Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica- IPEBA realizar la más amplia difusión a nivel nacional de la «Guía de autoevaluación de la Gestión Educativa de los Centros de Educación Técnico Productiva».
Regístrese y comuníquese y publíquese.
PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del SINEACE
[El Peruano: 13/02/2012]
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