D. S. N° 003-2013-EF - Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad 2013 (400.00 Soles)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - MEF

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Normas Legales
D. S. N° 003-2013-EF - Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad 2013 (400.00 Soles)
D. S. N° 003-2013-EF - Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad 2013 (400.00 Soles)


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad

DECRETO SUPREMO Nº 003-2013-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 2 de la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que a través de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público se fija, entre otros conceptos, el monto de la Bonificación por Escolaridad que se otorga a los funcionarios, servidores, obreros, personal sujeto a Carreras reguladas por Leyes específicas, así como a los pensionistas del Sector Público, para lo cual en cada año fiscal será reglamentado mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, fija la Bonificación por Escolaridad hasta por la suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,00) a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como de los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Leyes Nºs. 19846 y 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, y la Ley Nº 28091, disponiendo, a su vez, que dicha Bonificación se incluye en la planilla de pagos del mes de enero del presente año;

Que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, aprobado por la Ley N° 29951, se han consignado recursos en los presupuestos institucionales de las entidades públicas para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad, por lo que resulta necesario dictar normas reglamentarias para que dichas entidades puedan efectuar adecuadamente las acciones administrativas pertinentes en el marco de la Ley N° 29951;

De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, numeral 2 de la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el numeral 3 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1º.- Objeto


El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad cuyo monto fijado por la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, corresponde hasta por la suma de CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,00), la cual se abona, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero de 2013.

Artículo 2º.- Alcance

2.1 En el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951, la Bonificación por Escolaridad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a los pensionistas a cargo del Estado, comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Leyes Nºs. 19846 y 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, y la Ley Nº 28091.

2.2 Los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada perciben la bonificación por escolaridad, conforme al numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley N° 29951.

Artículo 3º.- Financiamiento

3.1 Dispóngase que la Bonificación por Escolaridad fijada en CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,00) por el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951, se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados para dicho fin en el presupuesto institucional de las entidades públicas, conforme a la Ley Nº 29951.

3.2 En el caso de los Gobiernos Locales, la Bonificación por Escolaridad es otorgada hasta el monto fijado en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951 y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes, de acuerdo a lo señalado en el numeral 2) de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 y en función a la disponibilidad de los recursos que administran.

3.3 Los organismos comprendidos en el alcance del numeral 2.1 del artículo 2° de la presente norma, que financian sus planillas con una Fuente de Financiamiento distinta a la de Recursos Ordinarios, otorgan la Bonificación por Escolaridad hasta por el monto que señala el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951 y en función a la disponibilidad de los recursos que administran.

Artículo 4º.- Requisitos para la percepción

El personal señalado en el artículo 2° de la presente norma tendrá derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, siempre que cumpla de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (3) meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no contara con el referido tiempo de tres (3) meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.

Artículo 5°.- De la percepción

Los funcionarios, servidores y pensionistas de la Administración Pública reciben la Bonificación por Escolaridad en una sola repartición pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida.

Artículo 6°.- Incompatibilidades La percepción de la Bonificación por Escolaridad dispuesta por la Ley Nº 29951, es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del presente año fiscal.

Artículo 7°.- Bonificación por Escolaridad para el Magisterio Nacional y labor en jornada parcial o incompleta

7.1. Para el Magisterio Nacional (Sector Educación), la Bonificación por Escolaridad se otorga a los docentes con jornada laboral completa, por un monto no menor al señalado en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951, en el marco de lo dispuesto por los numerales 1 y 2 de la Quinta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial.

7.2. Para el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, la Bonificación por Escolaridad es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo, bajo responsabilidad de la Oficina de Administración o la que haga sus veces de la entidad respectiva.

Artículo 8°.- Proyectos de ejecución presupuestaria directa

La Bonificación por Escolaridad es de aplicación a los trabajadores que prestan servicios personales en los proyectos de ejecución presupuestaria directa a cargo del Estado; para tal efecto, el egreso se financia con cargo al presupuesto de los proyectos respectivos.

Artículo 9°.- Cargas Sociales

La Bonificación por Escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones, de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 2° del Decreto Supremo Nº 140-90-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 179-91-PCM; el artículo 7° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR; y el artículo 90° del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes, aprobado por Resolución Nº 080-98-EF/SAFP.

Asimismo, la Bonificación por Escolaridad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

Artículo 10°.- Disposiciones complementarias para la aplicación de la Bonificación por Escolaridad

10.1 Las entidades públicas que habitualmente han otorgado la Bonificación por Escolaridad, independientemente de su régimen laboral, no podrán fijar montos superiores al establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29951, bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina General de Administración o quien haga sus veces, salvo que sea de aplicación el supuesto regulado en el numeral 7.2 del artículo 7° de la Ley Nº 29951.

10.2 Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

Artículo 11°.- Disposiciones Complementarias

El Ministerio de Economía y Finanzas, en caso fuera necesario, queda autorizado a dictar las disposiciones pertinentes para la correcta aplicación de la presente norma.

Artículo 12°.- De la suspensión de normas

Déjese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en la presente norma o limiten su aplicación.

Artículo 13º.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de enero del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

[El Peruano: 13/01/2013]

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44 Comentarios

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  1. BRENDA

    PRESIDENTE OLLANTA. el pueblo lo eligió esperando justicia y que se respete la constitución, los cas con normas 1057 ahora ley N°29849 NO se les considera en el bono de escolaridad esto es inconstitucional e discriminatorio somos trabajadores de su gobierno ,la canasta familiar es pobre tomenos en cuenta y cumpla con lo prometido justicia para los que menos ganan , estamos trabajando parejo i con lealtad esperamos que nos tome en consideración. dignidad pedimos

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      REPLY: PRESIDENTE OLLANTA. el pueblo lo eligió esperando justicia y que se respete la constitución, los cas con normas 1057 ahora ley N°29849 NO se les considera en el bono de escolaridad esto es inconstitucional e discriminatorio somos trabajadores de su gobierno ,la canasta familiar es pobre tomenos en cuenta y cumpla con lo prometido justicia para los que menos ganan , estamos trabajando parejo i con lealtad esperamos que nos tome en consideración. dignidad pedimos

  1. BRENDA

    A LOS SEÑORES DEL PODER LEGISLATIVO Y EJECUTIVO , DIGO SE HA CAPACITADO AL PERSONAL DE GOBIERNO HACIENDO CONOCER LOS DERECHOS TRABAJADOS CON UN SALARIO DE 750.00 Y CON VACACIONES DE 15 DIAS AL AÑO....... SIN GRATIFICACIONES DE FIESTAS PATRIAS NI NAVIDAD ES MÁS 4.....5......10...... AÑOS COMO CAS CON ARREGLO NORMATIVAS 1057 AHORA LEY 29849 NO DEMANDAN POR TEMOR , NO DISCRIMINEN A SUS HERMANOS.......

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      REPLY: A LOS SEÑORES DEL PODER LEGISLATIVO Y EJECUTIVO , DIGO SE HA CAPACITADO AL PERSONAL DE GOBIERNO HACIENDO CONOCER LOS DERECHOS TRABAJADOS CON UN SALARIO DE 750.00 Y CON VACACIONES DE 15 DIAS AL AÑO....... SIN GRATIFICACIONES DE FIESTAS PATRIAS NI NAVIDAD ES MÁS 4.....5......10...... AÑOS COMO CAS CON ARREGLO NORMATIVAS 1057 AHORA LEY 29849 NO DEMANDAN POR TEMOR , NO DISCRIMINEN A SUS HERMANOS.......

  1. MANUEL

    ME QUITO EL SOMBRERO ANTE ESTE DECRETO, YA ERA HORA QUE A NOSOTROS LOS CONTRATADOS TAMBIEN NOS DEN ESCOLARIDAD, PUES MILES DE NOSOTROS SOMOS PADRES DE FAMILIA CON HIJOS PEQUEÑOS, EN ESCUELAS PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y SUPERIORES.
    TOTALMENTE DE ACUERDO CON MI COLEGA, LA SRA. MELÉNDEZ, LA UGEL DE SULLANA HA OBVIADO ESA BONIFICACIÓN.
    COMO DICE EL CHAPULIN COLORADO ¿QUIÉN PODRÁ AYUDARNOS?, ¿QUÉ TENENMOS QUE HACER PARA QUE ESTA DISPOSICION SE HAGA EFECTIVA EN LA UGELES LEJANAS A LIMA METROPOLITANA?...

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      REPLY: ME QUITO EL SOMBRERO ANTE ESTE DECRETO, YA ERA HORA QUE A NOSOTROS LOS CONTRATADOS TAMBIEN NOS DEN ESCOLARIDAD, PUES MILES DE NOSOTROS SOMOS PADRES DE FAMILIA CON HIJOS PEQUEÑOS, EN ESCUELAS PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y SUPERIORES.
      TOTALMENTE DE ACUERDO CON MI COLEGA, LA SRA. MELÉNDEZ, LA UGEL DE SULLANA HA OBVIADO ESA BONIFICACIÓN.
      COMO DICE EL CHAPULIN COLORADO ¿QUIÉN PODRÁ AYUDARNOS?, ¿QUÉ TENENMOS QUE HACER PARA QUE ESTA DISPOSICION SE HAGA EFECTIVA EN LA UGELES LEJANAS A LIMA METROPOLITANA?...

  1. carmen susana meléndez za

    COMO SIEMPRE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN HACEN LO QUE QUIEREN, SI BIEN ES CIERTO EL PRESIDENTE HUMALA HA AUTORIZADO EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN POR ESCOLARIDAD A LOS DOCENTES CONTRATADOS DURANTE EL AÑO LECTIVO 2012, RESULTA QUE EN NUESTROS HABERES VACACIONALES NAKA LA PIRANAKA, A PESAR QUE LOS DOCENTES CONTRATADOS NOS RAJAMOS LAS VESTIDURAS POR ENSEÑAR Y TRABAJAMOS MAS, QUISIERA QUE HUMALA Y EL MINISTERIO DE ECONOMÍA TOME CARTAS EN EL ASUNTO Y SANCIONE A LOS ENCARGADOS DE PAGAR.

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      REPLY: COMO SIEMPRE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACIÓN HACEN LO QUE QUIEREN, SI BIEN ES CIERTO EL PRESIDENTE HUMALA HA AUTORIZADO EL PAGO DE LA BONIFICACIÓN POR ESCOLARIDAD A LOS DOCENTES CONTRATADOS DURANTE EL AÑO LECTIVO 2012, RESULTA QUE EN NUESTROS HABERES VACACIONALES NAKA LA PIRANAKA, A PESAR QUE LOS DOCENTES CONTRATADOS NOS RAJAMOS LAS VESTIDURAS POR ENSEÑAR Y TRABAJAMOS MAS, QUISIERA QUE HUMALA Y EL MINISTERIO DE ECONOMÍA TOME CARTAS EN EL ASUNTO Y SANCIONE A LOS ENCARGADOS DE PAGAR.

  1. jose Rios

    Veinte años de crecimiento económico Chino, Toledo, Alan, Humala, ojo pregunta ¿cuánto tenemos de crecimiento en PBI con valor agregado? ¿Cuánto Tenemos de crecimiento en PBI de exportación de la minería? Nos toman de ignorantes por que no quieren soltar la mamadera de CONGA corrupción 99.9 % Basta ya con la mafia de come echados, otorongos, para el colmo se agarran con los que menos ganan los que tienen 15 días de vacaciones no cuentan con otros plus, se paso de sinvergüe

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      REPLY: Veinte años de crecimiento económico Chino, Toledo, Alan, Humala, ojo pregunta ¿cuánto tenemos de crecimiento en PBI con valor agregado? ¿Cuánto Tenemos de crecimiento en PBI de exportación de la minería? Nos toman de ignorantes por que no quieren soltar la mamadera de CONGA corrupción 99.9 % Basta ya con la mafia de come echados, otorongos, para el colmo se agarran con los que menos ganan los que tienen 15 días de vacaciones no cuentan con otros plus, se paso de sinvergüe

  1. holger

    como es posible tanto q hablan de inclusion .. este gobierno se dedica a la exclusion el bono de escolaridad deberia ser para todo el personal q labora y sobre todo con los sueldos q ganamos... los padres de la patria disque no les alcanzan 15000 mensuales querian duplicar su sueldo imaginense como tenemos q sobrevivir nosostros .... me parece muy injusto es mas los contratados trabajamos mas q los nombrados .... ojala tengan un poco de verguenza y rectifique el DS 003-2013

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      REPLY: como es posible tanto q hablan de inclusion .. este gobierno se dedica a la exclusion el bono de escolaridad deberia ser para todo el personal q labora y sobre todo con los sueldos q ganamos... los padres de la patria disque no les alcanzan 15000 mensuales querian duplicar su sueldo imaginense como tenemos q sobrevivir nosostros .... me parece muy injusto es mas los contratados trabajamos mas q los nombrados .... ojala tengan un poco de verguenza y rectifique el DS 003-2013

  1. ROANBAHE-YAUYA

    La pregunta es ¿llegara este bono por escolaridad para los docentes contratados,quienes hemos laborado durante el año lectivo 2012?ciertamente ha sido autorizado por el sr. Humala,es cierto tambien que ayer como hoy los docentes contratados hemos sido y seguimos siendo marginados y excluidos,siempre hemos sido tratados con indiferencia,,eso es nuestra triste realidad mis ditinguidos colegas,supuestamente este bono se pagaria en enero,pero como era de suponer no hay,entonces..¿?

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      REPLY: La pregunta es ¿llegara este bono por escolaridad para los docentes contratados,quienes hemos laborado durante el año lectivo 2012?ciertamente ha sido autorizado por el sr. Humala,es cierto tambien que ayer como hoy los docentes contratados hemos sido y seguimos siendo marginados y excluidos,siempre hemos sido tratados con indiferencia,,eso es nuestra triste realidad mis ditinguidos colegas,supuestamente este bono se pagaria en enero,pero como era de suponer no hay,entonces..¿?

  1. geiler

    esv injusto denor ministro de educaciòn que los docentes contreatados no reciban la escolaridada y que nosotros los contratados somos los mas empeñosos para brindar una educaciòn de calidad y activa , tomen conciencia y no crean la discriminaciòn laboral

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      REPLY: esv injusto denor ministro de educaciòn que los docentes contreatados no reciban la escolaridada y que nosotros los contratados somos los mas empeñosos para brindar una educaciòn de calidad y activa , tomen conciencia y no crean la discriminaciòn laboral

  1. Leoncio Egusquiza Sanchez

    ojala que a los grandes padres de la Patria,tambien les otorguen 400 soles de escolaridad porque son funcionarios publicos

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      REPLY: ojala que a los grandes padres de la Patria,tambien les otorguen 400 soles de escolaridad porque son funcionarios publicos

  1. GABRIEL

    Yo, no le dire que es un esgraciado ni mucho menos, pero tenga en cuenta que el Peru tiene dinero, pero es importante que ese dinero se comparta con todos los peruanos pòr igual, no es justo que los trabajadores CAS, no persiban la bonificacion por escolaridad, le cuento que en huaraz, la gente contratada por esta modalidad trabaja mucho mas que los nombrados, estoy tan segura que si logra cambiar el decreto 003, obtendra mayor cariño de la poblacion, eso se lo aseguro

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  1. rosa

    Tengo problemas con el pago de mis haberes desde el més de noviembre hasta este més,quisiera que vea mi caso por favor Sr.Pesidente

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  1. Paul Macdowall Viera

    Que desconsiderado eres con el cas presidente humala y así hablas de inclusión social y demás cojudeses por los que menos tienen, muchos de los cas ganamos miseros sueldos y aun así nos das la espalda, sinceramente eres un ignorante de la grandisima no conoces la situación difícil de los miles de cas hoy en día, ojala el reglamento de la ley del cas no termine matándonos, porque de ustedes los nacionalistas se espera cualquier webada.

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  1. jeferson

    En la Municipalidad Provincial de Arequipa no respeta dicho Decreto y solo nos dan una miserable suma a comparacion de lo que perciben los funcionarios y regidores asi como el el sueldo minimo o remuneracion basica que ganamos actualmente es de 650.00 nuevos soles y no se cumple a la fecha el aumento que decreto el gobierno de 150.00 nuevos soles... ojalas algun ministro lea este comentario y pueda interceder por el personal que trabajamos en la Municipalidad Provincial de Arequipa , gracias...

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      REPLY: En la Municipalidad Provincial de Arequipa no respeta dicho Decreto y solo nos dan una miserable suma a comparacion de lo que perciben los funcionarios y regidores asi como el el sueldo minimo o remuneracion basica que ganamos actualmente es de 650.00 nuevos soles y no se cumple a la fecha el aumento que decreto el gobierno de 150.00 nuevos soles... ojalas algun ministro lea este comentario y pueda interceder por el personal que trabajamos en la Municipalidad Provincial de Arequipa , gracias...

  1. julio rosales

    solo pedimos al presidente humala que sea justo con nosotros los CAS porque no dio 200 soles para todos en general razonen y deroguen ese decreto supremo 003-2013 estan a tiempo

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  1. abel

    SINVERGUENZAS HIJOS DE UNA BUENA MADRE Y DONDE ESTA LA TAN PUBLICITADA INCLUSION SOCIAL, QUE ACASO QUIENES LABORAMOS BAJO ESTE VERGONSOSO REGIMEN DEL 1057 (CAS), NO TENEMOS FAMILIAS?, NUESTROS SUELDOS SON MISERABLES Y ENCIMA NOS PRIVAN DE PERCIBIR ESTA BONFICACIÓN.

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      REPLY: SINVERGUENZAS HIJOS DE UNA BUENA MADRE Y DONDE ESTA LA TAN PUBLICITADA INCLUSION SOCIAL, QUE ACASO QUIENES LABORAMOS BAJO ESTE VERGONSOSO REGIMEN DEL 1057 (CAS), NO TENEMOS FAMILIAS?, NUESTROS SUELDOS SON MISERABLES Y ENCIMA NOS PRIVAN DE PERCIBIR ESTA BONFICACIÓN.

  1. Gise

    Porque tanta descriminacion SR. Ollanta, con el personal contratado bajo el regimen 1057 somos los que trabajamos mas, tenemos sueldos miseros, y el colmo que estamos excluidos para recibir la bonificacion de escolaridad. Donde esta la igualdad; tambien nosotros tenemos necesidades y familias a quien mantener. Solo quisiera que usted se ponga en nuestros lugares y percibir la indignacion que tenemos en estos momentos. SOLO PEDIMOS IGUALDAD ESO ES TANTO PEDIR.

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      REPLY: Porque tanta descriminacion SR. Ollanta, con el personal contratado bajo el regimen 1057 somos los que trabajamos mas, tenemos sueldos miseros, y el colmo que estamos excluidos para recibir la bonificacion de escolaridad. Donde esta la igualdad; tambien nosotros tenemos necesidades y familias a quien mantener. Solo quisiera que usted se ponga en nuestros lugares y percibir la indignacion que tenemos en estos momentos. SOLO PEDIMOS IGUALDAD ESO ES TANTO PEDIR.

  1. carlos sami

    señores congresistas una pregunta esta bonificacion tambien se dara a los contratados que ya vencio el 31 de diciembre

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      REPLY: señores congresistas una pregunta esta bonificacion tambien se dara a los contratados que ya vencio el 31 de diciembre

  1. elmer quiroz

    no es justo, tanta discriminación con el personal contratado bajo el régimen 1057 no hay duda que es un país muy injusto históricamente, algo que algún día, algún presidente pueda cambiar esa es la esperanza. sra nadine nuestras esperanzas están con ud.

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  1. JUAN

    ESTE GOBIERNO DE INCLUSION HACE UNA EXCLUSION CON LA BONIFICACION DE ESCOLARIDAD A LOS CONTRATADOS CAS QUE TANTO TIEMPO HEMOS ESTADO SIN DERECHOS NI BENEFICIOS, ALGUIEN QUE LLAME A LA SRA. NADIN PARA QUE TOME CARTAS EN EL ASUNTO, AUN HAY TIEMPO PARA CORREGIR.

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      REPLY: ESTE GOBIERNO DE INCLUSION HACE UNA EXCLUSION CON LA BONIFICACION DE ESCOLARIDAD A LOS CONTRATADOS CAS QUE TANTO TIEMPO HEMOS ESTADO SIN DERECHOS NI BENEFICIOS, ALGUIEN QUE LLAME A LA SRA. NADIN PARA QUE TOME CARTAS EN EL ASUNTO, AUN HAY TIEMPO PARA CORREGIR.

  1. Lila Luz

    Señor Presidente, usted cree que es justo que los Congresistas digan que los 16000 que ganan mensual no les alcance y nosotros del CAS si debemos sobrevivir con 870 mensuales ES JUSTO ESO, nosotros tambien nos merecemos el pago POR ESCOLARIDAD, por favor rectifique el Decreto supremo Nº 003, que Dios lo bendiga.

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      REPLY: Señor Presidente, usted cree que es justo que los Congresistas digan que los 16000 que ganan mensual no les alcance y nosotros del CAS si debemos sobrevivir con 870 mensuales ES JUSTO ESO, nosotros tambien nos merecemos el pago POR ESCOLARIDAD, por favor rectifique el Decreto supremo Nº 003, que Dios lo bendiga.

  1. Lila Luz

    Señor Presidente, se que a veces esta muy ocupado y que derrepente firmo el decreto supremo 003 confiando en sus asesores, pero no se trata de leer el Decreto Legislativo 1057 y la Ley 29951 aisladamente, sino que deben leerse conjuntamente con la Ley 28411, con lo cual queda claro que los trabajadores CAS sí deben percibir la bonificación por escolaridad, ya que nosotros somos los que mas nos identificaos con las instituciones en las que trabajamos, por favor retractee ERRAR ES HUMANO.

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      REPLY: Señor Presidente, se que a veces esta muy ocupado y que derrepente firmo el decreto supremo 003 confiando en sus asesores, pero no se trata de leer el Decreto Legislativo 1057 y la Ley 29951 aisladamente, sino que deben leerse conjuntamente con la Ley 28411, con lo cual queda claro que los trabajadores CAS sí deben percibir la bonificación por escolaridad, ya que nosotros somos los que mas nos identificaos con las instituciones en las que trabajamos, por favor retractee ERRAR ES HUMANO.

  1. ALDO GRANDEZ CARRANZA

    TODA LAS BONIFICACIONES, PRERROGATIVAS DE LEY QUE AL SERVIO DEL TRABAJADOR ESTATAL DEL PAIS, EL ESTDO OTORGA Y CON MAS RAZON AL SECTOR EDUCACION DEBE SER IGUAL O MAYOR QUE AL QUE PERCIBE UN CONGRESISTA, QUIENEAS NO PRODUCEN COSAS SIGNIFICATIVAS PARA LA PATRIA, EN CONSECUENCIA LO QUE RECIBEN NO JUSTIFICA CON SU PRODUCCION, MUY LEJOS A LA QUE PRODUCE UN DOCENTE EN BIEN SOCIAL Y HUMANISTA

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      REPLY: TODA LAS BONIFICACIONES, PRERROGATIVAS DE LEY QUE AL SERVIO DEL TRABAJADOR ESTATAL DEL PAIS, EL ESTDO OTORGA Y CON MAS RAZON AL SECTOR EDUCACION DEBE SER IGUAL O MAYOR QUE AL QUE PERCIBE UN CONGRESISTA, QUIENEAS NO PRODUCEN COSAS SIGNIFICATIVAS PARA LA PATRIA, EN CONSECUENCIA LO QUE RECIBEN NO JUSTIFICA CON SU PRODUCCION, MUY LEJOS A LA QUE PRODUCE UN DOCENTE EN BIEN SOCIAL Y HUMANISTA

  1. Jose Carlos

    ....otra vez nos dejan a un lado al momento de recibir escolaridad......el personal bajo el regimen CAS, tiene el derecho de recibir la bonificacion porque trabajamos igual o mas que un empleado nombrado o contratado.......despues dice el gobierno que existe igualdad en todos los aspectos.......es un atropello a nuestro derechos como trabajadores.......si existe discriminacion laboral.........no digan que no..........desgraciados.

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      REPLY: ....otra vez nos dejan a un lado al momento de recibir escolaridad......el personal bajo el regimen CAS, tiene el derecho de recibir la bonificacion porque trabajamos igual o mas que un empleado nombrado o contratado.......despues dice el gobierno que existe igualdad en todos los aspectos.......es un atropello a nuestro derechos como trabajadores.......si existe discriminacion laboral.........no digan que no..........desgraciados.

  1. jorge

    La escolaridad debe ser para todos/as los/as trabajadores del Perú y no en forma parcial, si hablamos de discriminación podemos tocar el tema, si hablamos de inclusión podemos decir que no estamos incluidos, si hablamos de igualdad de oportunidades podemos decir donde esta nuestras oportunidades entonces hasta cuando los congresistas van a legislar con sabiduria en favor del pueblo.

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      REPLY: La escolaridad debe ser para todos/as los/as trabajadores del Perú y no en forma parcial, si hablamos de discriminación podemos tocar el tema, si hablamos de inclusión podemos decir que no estamos incluidos, si hablamos de igualdad de oportunidades podemos decir donde esta nuestras oportunidades entonces hasta cuando los congresistas van a legislar con sabiduria en favor del pueblo.

  1. isabella

    otra vez obviando a los miles de trabajadores cas,acaso no tenemos hijos,pareciera que su asesor presidente HUMALA es el mismo del gobierno de Garcia por que siempre hacia lo mismo a loS trabajadores CAS

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      REPLY: otra vez obviando a los miles de trabajadores cas,acaso no tenemos hijos,pareciera que su asesor presidente HUMALA es el mismo del gobierno de Garcia por que siempre hacia lo mismo a loS trabajadores CAS

  1. KAARINA

    por que siempre se olñviodan del personal CLAS se olvidan de ellos siempre siguen con el sueldo minimo,y dicen que la economia esta aumentando quien puede vivir con este sueldo.

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      REPLY: por que siempre se olñviodan del personal CLAS se olvidan de ellos siempre siguen con el sueldo minimo,y dicen que la economia esta aumentando quien puede vivir con este sueldo.

  1. consuelo

    Mi suegerencia es esta; por que no hay alguien quien se preocupe por los trabajadores CAS, soy trabajadora hace varios años, supuestamente tenemos beneficios pero nada, ni siquiera nos corresponde escolaridad, sin embargo somos los que mas trabajamos que el personal nombrado.

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      REPLY: Mi suegerencia es esta; por que no hay alguien quien se preocupe por los trabajadores CAS, soy trabajadora hace varios años, supuestamente tenemos beneficios pero nada, ni siquiera nos corresponde escolaridad, sin embargo somos los que mas trabajamos que el personal nombrado.

  1. Augusto

    Que pais que es este Perú,los que menos perciben como los jubilados de la ley 19990,que perciben menos de 400 nuevos soles liíquidos mensuales como pensión, a ellos no les dan nada,pero a los otros regímenes si les dan,hasta cuando la discriminación para los mas necesitados porque no hsy un trato de inclusión social verdadero señor Ollanta Humala,o todo fue por imitar a Kuzinscky quien toca la trompeta muy bien,adecuen la ley y denle a los viejos jubilados alegría en sus ultimos años de vida

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      REPLY: Que pais que es este Perú,los que menos perciben como los jubilados de la ley 19990,que perciben menos de 400 nuevos soles liíquidos mensuales como pensión, a ellos no les dan nada,pero a los otros regímenes si les dan,hasta cuando la discriminación para los mas necesitados porque no hsy un trato de inclusión social verdadero señor Ollanta Humala,o todo fue por imitar a Kuzinscky quien toca la trompeta muy bien,adecuen la ley y denle a los viejos jubilados alegría en sus ultimos años de vida

  1. robert quezada

    y en esta bonificacion por escolaridad se encuentra a afecta al personal que labora bajo el regimen de CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS CAS- D.L. Nº 1057... por esa parte el estado sigue ciendo imparcial para con sus trabajadores... tengan mucha atencion

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      REPLY: y en esta bonificacion por escolaridad se encuentra a afecta al personal que labora bajo el regimen de CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS CAS- D.L. Nº 1057... por esa parte el estado sigue ciendo imparcial para con sus trabajadores... tengan mucha atencion

  1. Gabriel

    Es una injusticia que a los trabajadores CAS, LOS EXCLUYAN DEL D.S. 003-2013, BONIFICACION POR ESCOLARIDAD, CONSIDERANDO QUE LOS CAS SON LOS PROFESIONALES QUE TRABAJAN EN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS, PARA QUE LOS INDICADORES COMO PAIS POR LO MENOS SE MANTENGAN O SUBAN, MIENTRAS TANTO CUANTOS BENEFICIOS PARA LOS NOMBRADOS Y RECURSOS ORDINARIOS, BASTA MDIR SUS CAPACIDADES Y PRODUCCION, SON UN GASTO EXTRAORDINARIO PARA EL ESTADO. LOS CAS NO QUEREMOS CAUSARLE GASTOS AL ESTADO. QUEREMOS JUSTICIA AHORA

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      REPLY: Es una injusticia que a los trabajadores CAS, LOS EXCLUYAN DEL D.S. 003-2013, BONIFICACION POR ESCOLARIDAD, CONSIDERANDO QUE LOS CAS SON LOS PROFESIONALES QUE TRABAJAN EN LAS INSTITUCIONES PUBLICAS, PARA QUE LOS INDICADORES COMO PAIS POR LO MENOS SE MANTENGAN O SUBAN, MIENTRAS TANTO CUANTOS BENEFICIOS PARA LOS NOMBRADOS Y RECURSOS ORDINARIOS, BASTA MDIR SUS CAPACIDADES Y PRODUCCION, SON UN GASTO EXTRAORDINARIO PARA EL ESTADO. LOS CAS NO QUEREMOS CAUSARLE GASTOS AL ESTADO. QUEREMOS JUSTICIA AHORA

  1. luis

    Ya no se puede hacer nada porque en el proyecto de ley para el 2013, se indicada sobre las bonificaciones para los comprendidos en la 279, de 300 nuevos soles para fiestas patrias y navidad, respectivamente y los 400 para escolaridad. Es poco a comparación de lo que van a percibir un congresista por los mismos conceptos y a ellos hay que criaticarlos.

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      REPLY: Ya no se puede hacer nada porque en el proyecto de ley para el 2013, se indicada sobre las bonificaciones para los comprendidos en la 279, de 300 nuevos soles para fiestas patrias y navidad, respectivamente y los 400 para escolaridad. Es poco a comparación de lo que van a percibir un congresista por los mismos conceptos y a ellos hay que criaticarlos.

  1. FLOR DE MARIA CRUZ

    Señor presidente nuevamente el maltrato porque a caso los del regimen 1057 no temenos hijos
    10.2 Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios. realmente que quel maltrato donde esta la higualdad de derechos realmente tenemos mas de 5 aaños de continuidad

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      REPLY: Señor presidente nuevamente el maltrato porque a caso los del regimen 1057 no temenos hijos
      10.2 Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios. realmente que quel maltrato donde esta la higualdad de derechos realmente tenemos mas de 5 aaños de continuidad

  1. Carmen Susana Melèndez Za

    Señor Presidente Humala, Es muy lamentable que una vez màs atropellen los derechos de los docentes contratados que nos van a pagar el bono de escolaridad a pesar que hemos trabajado todo el año lectivo 2012, creo que en sus manos esta el resolver este asunto, año tras año es lo mismo, es que no tenemos hijos que estudian, en todo caso el bono lo deben de otorgar en el mes de marzo.

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      REPLY: Señor Presidente Humala, Es muy lamentable que una vez màs atropellen los derechos de los docentes contratados que nos van a pagar el bono de escolaridad a pesar que hemos trabajado todo el año lectivo 2012, creo que en sus manos esta el resolver este asunto, año tras año es lo mismo, es que no tenemos hijos que estudian, en todo caso el bono lo deben de otorgar en el mes de marzo.

  1. manuel

    es una descriminacion para el trabajador bajo el reg. CAS, ganamos poco y no nos dan el bono de escolaridad y trabajamos mas que los otros regimenes, presidente ollanta y los congresistas son unos abusibos, pongase en nuestro persona para que sienta nuestra nesecidad............

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  1. Lilia

    SINCERAMENTE ES UNA SINVERGUENZURA DE LOS CONGRESISTAS QUIENES HACEN DE LAS LEYES UN ESTIERCOL, PARA ELLOS SE SUBEN LOS SUELDOS SIN SANGRE EN LA CARA Y PARA LOS PROFESIONALES QUE GANAMOS UNA MISERIA, ENCIMA LA SUNAT ESTA COMO AVE DE RAPIÑA, Y TODAVIA EL CONGRESO NOS QUITA LA ESCOLARIDAD QUE HASTA LA SEMANA PASADA ESTABA EN EL PRESUPUESTO DEL MEF

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      REPLY: SINCERAMENTE ES UNA SINVERGUENZURA DE LOS CONGRESISTAS QUIENES HACEN DE LAS LEYES UN ESTIERCOL, PARA ELLOS SE SUBEN LOS SUELDOS SIN SANGRE EN LA CARA Y PARA LOS PROFESIONALES QUE GANAMOS UNA MISERIA, ENCIMA LA SUNAT ESTA COMO AVE DE RAPIÑA, Y TODAVIA EL CONGRESO NOS QUITA LA ESCOLARIDAD QUE HASTA LA SEMANA PASADA ESTABA EN EL PRESUPUESTO DEL MEF

  1. carlos

    ESTO ES UNA BURLA ,PARECE QUE EL SR. OLLANTA DICE UNA COSA Y SU MINISTRO DE ECONOMIA HACE OTRA ,CUANDO HA PROMETIDO QUE LOS CONTRATADOS BAJO EL REGIMEN CAS O CUALQUIER OTRA MODALIDAD TENDRA TODOS LOS BENEFICIOS POR IGUAL QUE COMO MINIMO DEBE TENER UN TRABAJADOR DEL SECTOR PUBLICO ,DEJAN EXCLUIDOS DEL BONO POR ESCOLARIDAD A LOS DEL REGIMEN CAS ......HASTA CUANDO Y ESO DEL PASE A PLANILLA PREGRESIVAMENTE SERA OTRO SALUDO A LA BANDERA ...........

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  1. mirtha del castillo veras

    señores este bomo de escolaridad esta muy bien gracias pero digame y el aumento tambin se dara en este mes.
    contesteme,
    gracias
    mirtha del castillo

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      REPLY: señores este bomo de escolaridad esta muy bien gracias pero digame y el aumento tambin se dara en este mes.
      contesteme,
      gracias
      mirtha del castillo

  1. juan

    y para los pobres congresistas y ministros, que ni hijos en edad escolar tienen, ¿cuanto les regalaran ?

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      REPLY: y para los pobres congresistas y ministros, que ni hijos en edad escolar tienen, ¿cuanto les regalaran ?

  1. maria ruth garcia rojas

    amiga martha mosqueira lopez la bonificacion ya se dio al menos yo he cobrado mi bonificacion en madre de dios y porsupuesto hemos estado hasta el ultimo dia en la huelga

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  1. Pilar

    Como dice el colega, Humberto, los contratados en el magisterio también recibiremos bonificación por escolaridad o nos dirán que nuestro vín * laboral se terminó el 31de diciembre. ¿A caso no dicen que también tiene derecho a dicha bonificación los trabajadores que esten en periódo vacacional?

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      REPLY: Como dice el colega, Humberto, los contratados en el magisterio también recibiremos bonificación por escolaridad o nos dirán que nuestro vín * laboral se terminó el 31de diciembre. ¿A caso no dicen que también tiene derecho a dicha bonificación los trabajadores que esten en periódo vacacional?

  1. Martha Mosqueira López

    ¿Quisiera saber que hay de la cuantiosa bonificación de s/300 nuevos soles que el gobierno daría a los docentes, ¿quién nos informa? o ¿ya se desistió de ella?

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      REPLY: ¿Quisiera saber que hay de la cuantiosa bonificación de s/300 nuevos soles que el gobierno daría a los docentes, ¿quién nos informa? o ¿ya se desistió de ella?

  1. HUMBERTO

    para los contratados en el magisterio tambien habra bonificacion por escolaridad o no tenemos esa oportunidad.Que pasa señor presidente donde esta la inclusion social.

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      REPLY: para los contratados en el magisterio tambien habra bonificacion por escolaridad o no tenemos esa oportunidad.Que pasa señor presidente donde esta la inclusion social.

  1. guadalupe

    en la nueva ley del profesorado dice que habran jornadas de 24,30,y 40 horas semanales,entonces porque en inicial para las contratadas se les pone 25 horas estando en la ley que basica regular tiene 30 horas y inicial como queda?

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      REPLY: en la nueva ley del profesorado dice que habran jornadas de 24,30,y 40 horas semanales,entonces porque en inicial para las contratadas se les pone 25 horas estando en la ley que basica regular tiene 30 horas y inicial como queda?

  1. Liliana González Bernal

    Ojalá calculen también las bonificaciones por preparación de clases que nos deben por años. Aquí en Trujillo ya nos estamos organizando para reclamar en los tribunales extranjeros porque en el Perú no pagan los derechos de los trabajadores ganados judicialmente. Es una vergüenza que las autoridades no nos restituyan nuestros derechos. Señores cuantos años mas tenemos que trabajar gratis!!!!

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      REPLY: Ojalá calculen también las bonificaciones por preparación de clases que nos deben por años. Aquí en Trujillo ya nos estamos organizando para reclamar en los tribunales extranjeros porque en el Perú no pagan los derechos de los trabajadores ganados judicialmente. Es una vergüenza que las autoridades no nos restituyan nuestros derechos. Señores cuantos años mas tenemos que trabajar gratis!!!!

~ William Ward ~
"El profesor mediocre dice. El buen profesor explica. El profesor superior demuestra. El gran profesor inspira".